La bautizada Ley de Inocencia Fiscal eleva los umbrales de los delitos tributarios y traslada a la Administración la carga de probar la existencia de dolo o fraude fiscal
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Senado Argentina
Senado de Argentina

Argentina ha aprobado la Ley de Inocencia Fiscal, una normativa que supone una profunda reforma del régimen penal tributario impulsada por el Gobierno de Javier Milei y que introduce el principio de que el contribuyente es inocente hasta que se demuestre lo contrario. Así, traslada a la Administración la carga de probar la existencia de dolo o fraude fiscal, lo que supone una revolución en la política fiscal argentina.

Tras el respaldo de la Cámara de Diputados, el Senado dio luz verde al texto el pasado 26 de diciembre, con 43 votos a favor y 26 en contra, y salió publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el 2 de enero. En esa misma fecha, también se aprobó el Proyecto de Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio Fiscal 2026

La Ley de Inocencia Fiscal, que introduce modificaciones al Régimen Penal Tributario (Ley 24.769), a la Ley de Procedimientos Fiscales (Ley 11.683) y al Código Civil y Comercial de la Nación, eleva drásticamente los umbrales que definen los delitos tributarios. Tras los cambios, la evasión simple pasa de 1,5 millones a 100 millones de pesos por tributo y ejercicio (unos 58.000 euros), y la evasión agravada de 15 millones a 1.000 millones (unos 558.000 euros). También se incrementan los importes mínimos para la falsificación de facturas o la retención indebida de impuestos, y se reduce el plazo de prescripción de cinco a tres años.

Además, la normativa establece en su artículo 39 el bautizado “efecto liberatorio del pago”, por el cual los contribuyentes que regularicen su situación y paguen lo adeudado quedarán eximidos de acción penal. En las causas judiciales en curso, la acción podrá extinguirse si se cancela la deuda total, los intereses y un adicional del 50%, aunque este beneficio solo podrá utilizarse una vez por contribuyente.

Por otro lado, la ley crea un régimen simplificado de ganancias para empresas y particulares con ingresos anuales inferiores a 1.000 millones de pesos y patrimonio menor a 10.000 millones, eliminando la obligación de informar variaciones patrimoniales o consumos personales.

Con la entrada en vigor del nuevo texto, se invierte la carga de la prueba: ahora se presume que el contribuyente es inocente hasta que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) demuestre lo contrario. 

Mientras la oposición al Gobierno de Javier Milei ha denunciado que esta normativa podría favorecer la evasión fiscal, desde el Ejecutivo sostienen que se trata de un paso hacia “una relación más justa entre el Estado y los contribuyentes”, y el fin de un sistema “injusto y persecutorio”. 

En el plano jurídico, el abogado penalista Marcelo Echevarría ha celebrado la aprobación de la ley como una “conquista jurídica y cultural sin precedentes”. Según explica en el portal iprofesional, el nuevo régimen “pone fin a décadas en las que el contribuyente fue tratado con presunción de culpabilidad” y “restaura la simetría entre el Estado y el ciudadano”.

Echevarría ha destacado que la norma “no es una amnistía ni un perdón generalizado”, sino una legislación “técnicamente sólida y constitucionalmente coherente”, que consagra principios esenciales como la presunción de inocencia, la proporcionalidad y la mínima intervención penal. A su juicio, el cambio permitirá que el derecho penal tributario deje de ser “una herramienta de intimidación masiva” para transformarse en un instrumento legítimo y excepcional del Estado.

Con esta ley, Argentina abandona la cultura de la “sospecha automática” y se orienta hacia un modelo en el que solo se perseguirán los casos graves y dolosos, dejando de criminalizar errores administrativos o interpretaciones tributarias de buena fe. Para el Gobierno liberal de Milei, se trata de un paso clave hacia una recaudación más racional, transparente y respetuosa de las garantías constitucionales. Y ha invitado a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adoptar regímenes similares en sus jurisdicciones para armonizar la fiscalización en todo el país.

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