No superar 4,5 veces el IPREM, ser mayor de edad y tener necesidad de residencia son algunos de los requisitos
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Cómo solicitar vivienda social en Valencia y cuáles son los requisitos
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Si vives en la Generalidad Valenciana, puedes solicitar una vivienda social en cualquier momento. El organismo encargado de la gestión es el Registro de Demanda de Vivienda de la Comunidad Valenciana. Te explicamos cómo hacerlo y qué requisitos hay.

Registro como demandante de vivienda social en Valencia

Lo primero que tienes que hacer es inscribirte como demandante de vivienda en el Registro de Demanda de Vivienda de la Comunidad Valenciana para acceder a una vivienda protegida o de patrimonio público en cualquier modalidad (compra, alquiler o alquiler con opción a compra).

¿Quién puede solicitar vivienda social?

Podrá inscribirse como demandante de vivienda social en Valencia cualquier persona física que represente a la unidad de convivencia. Se considerará unidad de convivencia a la persona o personas físicas que convivan o bien tengan la intención de convivir de forma habitual y permanente en la misma casa, con independencia de que tengan o no relación de parentesco.

Cada persona solo podrá formar parte de una unidad de convivencia, con excepción de las personas menores de edad a cargo que convivan con ambos progenitores en régimen de custodia compartida.

Requisitos vivienda social Valencia

Los requisitos para solicitar vivienda social en Valencia se dividen en tres grupos:

A) De la persona representante de la unidad de convivencia

  1. Ser mayor de edad o estar emancipado y no haber sido incapacitado judicialmente para obligarse contractualmente
  2. Tener vecindad administrativa con al menos un año de residencia acreditada o autorización de residencia temporal por arraigo en la Comunidad Valenciana, conforme a la normativa de derechos y libertades de las personas extranjeras en España.

B) De la unidad de convivencia

Las unidades de convivencia tienen que cumplir los siguientes requisitos para inscribirse como demandantes:

  1. Tener necesidad de vivienda.
  2. Tener una capacidad económica que no supere 4,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (IPREM), referido a 12 pagas, con los ajustes y excepciones previstas en este decreto.
  3. Destinar la vivienda a residencia habitual y permanente de la unidad de convivencia, así como cumplir las obligaciones de la persona usuaria de vivienda protegida.

C) De la necesidad de vivienda

Para poder solicitar una casa social, ningún miembro de la unidad de convivencia puede tener una vivienda en propiedad, en pleno dominio o usufructo. Sin embargo, la Comunidad Valenciana contempla las siguientes excepciones:

  1. Que la persona titular de los derechos señalados anteriormente se encuentre privada del uso y disfrute de la vivienda por haber sido asignada judicialmente como vivienda habitual de su cónyuge tras un proceso de separación, divorcio o nulidad matrimonial o de extinción de unidades de hecho.
  2. Que una de las personas que integran la unidad de convivencia acredite una situación de discapacidad, diversidad funcional o dependencia para la cual la vivienda habitual no es accesible y no puede ser adaptada.
  3. Que la persona titular de la vivienda sea mujer víctima de violencia de género y necesite cambiar de domicilio por esta circunstancia.
  4. Que la persona titular de la vivienda sea víctima de trata de seres humanos o de un delito de odio y necesite cambiar de domicilio por esta circunstancia.
  5. Que la vivienda resulte inadecuada por razón de superficie respecto a la unidad de convivencia atendiendo a la normativa vigente.
  6. Que la vivienda no cumpla con las exigencias de funcionalidad, calidad, habitabilidad, seguridad y accesibilidad en los términos previstos por la normativa aplicable y las deficiencias no sean subsanables.
  7. Que la unidad de convivencia sea titular del derecho de realojo por actuaciones urbanísticas de iniciativa pública.
  8. Que la unidad de convivencia sea titular de un derecho de arrendamiento sobre la vivienda y la renta arrendaticia suponga más del 25% de su capacidad económica.
  9. Que la unidad de convivencia se encuentre en circunstancias de vulnerabilidad o riesgo de exclusión que impidan el uso de la vivienda, acreditadas por acto administrativo que así lo declare o sentencia judicial.

¿Cuándo se puede solicitar?

La inscripción y la baja en el Registro de demandante de vivienda social puede solicitarse en cualquier momento

¿Cómo solicitar vivienda social en Valencia?

Hay dos formas de hacerlo: presencial y telemática. 

Pedir vivienda social por Internet

Para la gestión telemática, hay que disponer de DNI electrónico o Cl@ve. Si se posee, hay que clicar en este enlace. Estos son los pasos:

  1. Acceder mediante sistema electrónico de identificación a la plataforma de tramitación electrónica.
  2. Completar el contenido de la declaración responsable con los datos del solicitante y de la unidad de convivencia.
  3. Firmar y registrar electrónicamente la declaración responsable. Todas las personas integrantes de la unidad de convivencia mayores de edad o emancipadas deberán consentir la inscripción.
  4. La presentación de la declaración responsable supondrá la adquisición por parte de la unidad de convivencia de la condición de demandante.
  5. Notificación del alta en el Registro de demanda: el alta en el registro se comunicará a la unidad de convivencia.

 

Cómo solicitar vivienda social en Valencia y cuáles son los requisitos
Se puede solicitar de forma telemática si se cuenta con certificado electrónico o clave pin. Generalidad Valenciana

Solicitar vivienda social en Valencia presencialmente

Para inscribirse como demandante de vivienda social en Valencia de forma presencial, hay que acudir a las oficinas de la Consejería de Vivienda y Suelo. El horario de atención es de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes.

Este es el directorio de ubicaciones.

  • Oficina Valencia, Avda. de la Plata, 50 B., 46013 Valencia. Tel.961 207 950. Fax.961 207 890.
  • Oficina Alicante, C/ Gerona, 4, 03001 Alicante, Tel.96 593 82 55.
  • Oficina Castellón, Avda. Hermanos Bou, 47, 12003 Castellón. Registro Activos Propios: 964 72 53 5. Registro Vivienda Social: 964 72 53 55.

¿Qué documentación se necesita?

Para solicitar vivienda social en Valencia, hay que presentar algunos documentos. Dependiendo de la situación de la unidad de convivencia, habrá que entregar unos u otros. Sin embargo, hay unos generales, que son:

Para la acreditación de los datos identificativos:

  1. El documento acreditativo de la identidad de la persona representante y de los demás integrantes de la unidad de convivencia mayores de 16 años.
  2. El libro de familia.
  3. El certificado de empadronamiento o de arraigo con fecha de alta de todas las personas integrantes de la unidad de convivencia.

Para la acreditación de los requisitos económicos:

  1. La última declaración del IRPF de los integrantes de la unidad de convivencia o, en el caso de no estar obligado a presentarla, certificación del Ministerio de Hacienda de no haberla presentado, correspondiente al período impositivo inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido.
  2. Informe de vida laboral.
  3. En el caso de trabajadores por cuenta ajena, se necesita el certificado de ingresos del centro de trabajo de los últimos 12 meses o nóminas de los últimos 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud o certificado de bases de cotización, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  4. En caso de trabajadores por cuenta propia, es decir, autónomos, se requiere información sobre los pagos fraccionados del IRPF, en los modelos normalizados correspondientes.
  5. En caso de desempleo, se necesita certificado expedido por el Servicio Público de Empleo Estatal, con indicación de los ingresos percibidos durante los 12 últimos meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  6. En caso de percibir una prestación económica de la acción protectora de la seguridad social, hay que presentar la certificación emitida por el organismo competente, con indicación de la cuantía concedida durante los 12 últimos meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud o certificado negativo, en su caso.
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