
Los autónomos tienen que aplicar las retenciones del IRPF por ellos mismos en sus facturas de cara a la declaración de la renta. Y no siempre es sencillo, sobre todo al principio de su carrera como trabajador por cuenta propia.
¿Acabas de darte de alta como autónomo y no sabes si tienes que incluir el IVA o el IRPF en tus facturas, o no sabes cómo hacerlo? En este artículo resolvemos las dudas al respecto y te mostramos un modelo de ejemplo de factura con IRPF e IVA.
Factura con retención del IRPF
Muchos trabajadores por cuenta propia piensan que todos los autónomos deben incluir retenciones de IRPF en sus facturas, pero esto no es así. De hecho, solo unos pocos autónomos deberán hacerlo; por ejemplo, aquellos dados de alta en los epígrafes de profesionales del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y únicamente en las facturas dirigidas a empresas o a otros autónomos, pero nunca a clientes particulares.
Además de los autónomos inscritos en estos epígrafes, hay otros grupos que también pueden estar obligados a incluir retenciones de IRPF en sus facturas. Por ejemplo, algunos autónomos que tributan por módulos y aquellos que se dedican a actividades específicas como la ganadería (con una retención del 1%), y las actividades agrícolas o forestales, donde la retención aplicable es del 2%.
El tipo general de IRPF a aplicar en la factura que se emite es del 15%, pero los nuevos autónomos (durante el año que se dan de alta y los dos siguientes) pueden acogerse a un IRPF reducido del 7%.
¿Por qué se resta el IRPF de una factura?
Al ser un importe que se adelanta a Hacienda, se debe restar de la base imponible, que es sobre la que se calcula el IRPF de la actividad. Al restar la retención de la factura, el autónomo ya no tiene que incluir ese ingreso en su declaración del IRPF, ya que el cliente habrá pagado directamente a Hacienda la parte correspondiente del impuesto.
El IRPF en las facturas, ¿quién lo retiene?
Como autónomo que factura a otro autónomo o empresa, será el cliente (empresa o autónomo) al que se le pasa la factura quien deposite el IRPF en Hacienda. Es un pago anticipado que se efectúa a la Agencia Tributaria de cara a la declaración de la renta.
Lo mismo sucede con un empleado por cuenta ajena, a quien la empresa le quita un porcentaje de retención de IRPF que ingresa a nombre del trabajador en Hacienda.
Si más del 70% de los ingresos facturados incluyen retenciones de IRPF, se estará exento de presentar el modelo 130, que es la declaración trimestral de IRPF. No obstante, sigue siendo obligatorio presentar anualmente la declaración de la renta, donde se deberá declarar, entre otras cuestiones, los ingresos obtenidos por la actividad económica.
Ejemplo de factura con IRPF
La retención de IRPF se aplica a la base imponible, que es el precio, por así decirlo, del servicio. La base de retención es el importe de la factura antes de aplicar el IVA, asimismo:
- Importe de la factura: 1.000 euros
- Tipo de retención: 15%
- Base de retención: 1.000 euros (importe de la factura)
- Retención de IRPF: 150 euros (15% x 1.000 euros)
Concepto | Importe (€) |
Base imponible | 1.000,00 |
IRPF (15%) | -150 |
Total | 850 |
Facturas con IVA, ¿cuándo hay que aplicarlo?

La mayoría de las facturas que se emitan como autónomo han de llevar IVA, independientemente de si el cliente es particular, empresa o autónomo. Sin embargo, existen algunas operaciones no sujetas a IVA y facturas exentas de IVA.
Además, el IVA ha de aplicarse a la base imponible de la factura, por ejemplo:
- Base Imponible: 1.000 euros
- 21% de IVA: 210 euros (1.000 euros multiplicados por 0,21 o 21%)
- Total factura: 1210 euros (10.00 euros + 210 euros de IVA)
Cabe destacar que este impuesto lo paga el cliente al que se le pasa la factura, e incrementa el importe de la misma. Esta cantidad se debe guardar para ingresarla cada tres meses en Hacienda al presentar la declaración trimestral del IVA (modelo 303).
Los tipos de IVA para autónomos
Dependiendo del producto o servicio, el tipo general del IVA en la factura puede variar:
IVA general del 21% en las facturas
Se aplica en la mayor parte de servicios o bienes. Si no tienes derecho a una exención de IVA o a un IVA reducido, este será el que tengas que aplicar. Algunos ejemplos que llevan este porcentaje de IVA son:
- Servicios profesionales: servicios jurídicos, asesorías, consultorías, gestiones, diseño web, servicios de redacción, etc.
- Ropa, zapatos y accesorios
- Electrodomésticos
- Tecnología
- Cosméticos y productos de higiene personal
- Bebidas
- Bebidas alcohólicas y tabaco
- Vehículos y combustible
- Luz, teléfono, Internet
- Servicios de reparaciones: fontanería, electricista, mecánica, etc.
- Peluquería, estética y belleza
- Servicios de radiodifusión y televisión digital
IVA reducido del 10% en la facturación
En ciertas situaciones puede darse un IVA reducido del 10%:
- La mayoría de los alimentos
- Medicamentos de uso veterinario
- Viviendas de obra nueva
- Flores
- Transportes
- Hostelería
IVA superreducido del 4% en los recibos
En otros supuestos, se puede optar por un IVA superreducido del 4%:
- Algunos alimentos básicos
- Libros, periódicos y revistas
- Medicamentos de uso humano
- Vehículos para personas de movilidad reducida
- Compresas, tampones, preservativos y otros anticonceptivos no medicinales
- Prótesis
- Viviendas de protección oficial (VPO)
Ejemplo de factura con IVA e IRPF
Si tienes que facturar con IVA e IRPF, puedes utilizar la siguiente plantilla cambiando los datos por los que manejes:
Desconodio López NIF 00.000.000-X | ||||||
Teléfono: XXX XX XX XX - desconocidox@gmail.com | ||||||
Factura número: X Cliente Fecha: 30-12-2024 Nombre: Empresa | ||||||
Forma de pago: Transferencia bancaria Provincia: Madrid | ||||||
Entidad bancaria: (*) Banco X D/ Postal: 28XXX | ||||||
Cuenta corriente ESXXXXXXXXXXXXXXXX | ||||||
CONCEPTO | PRECIO | |||||
Servicios web | 1.000 | |||||
Base Imponible | Retención IS 15,00% | I.V.A. 21% | Importe Suplidos | Provisión Fondos | TOTAL A Pagar | |
1.000,00 | 150 | 210 | 0 | 1.060,00 |
¿Qué diferencia hay entre el IVA y el IRPF?
El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) es un impuesto indirecto que se aplica al consumo de bienes y servicios, siendo pagado por el consumidor final.
El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), por otro lado, es un impuesto directo que grava los ingresos de las personas según su capacidad económica.
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