
La venta de una promoción de lofts en la antigua fábrica de La Siberia, en el 22@ de Barcelona, ha quedado en suspenso debido al derecho de tanteo y retracto de la Generalitat de Cataluña. La gestora Meridia Capital había alcanzado un acuerdo para la transacción por 19 millones de euros con un comprador cuya identidad no ha trascendido. Sin embargo, la operación está supeditada a que el Govern renuncie a su derecho preferente de compra, ya sea de forma expresa o por silencio administrativo tras dos meses.
Con la reciente modificación introducida en el decreto ley 2/2025, cualquier vivienda en manos de grandes propietarios es susceptible de tanteo y retracto, cuando antes solo afectaba a inmuebles procedentes de ejecuciones hipotecarias. La Associació de Promotors de Catalunya (APCE) y la patronal Foment del Treball han criticado esta ampliación, argumentando que la norma dificulta el desarrollo del sector y afecta a empresas cuya finalidad es la producción de vivienda y no el acaparamiento de activos.
El impacto de la normativa se extiende más allá del sector inversor. P. M., un comprador particular, firmó un contrato de arras en febrero para la adquisición de un piso rehabilitado en el centro de Barcelona a un gran tenedor. Sin embargo, al intentar formalizar la compraventa ante notario, la operación se paralizó por la entrada en vigor del decreto, lo que ha generado incertidumbre sobre la validez de la transacción. Casos como este evidencian la confusión en el sector inmobiliario y la inseguridad jurídica que provoca la normativa.
La nueva regulación otorga a la Generalitat el derecho de tanteo y retracto sobre cualquier vivienda situada en una zona tensionada si su titular es un gran tenedor persona jurídica. La única excepción contemplada es para viviendas de nueva construcción cuando el comprador sea una persona física y destine el inmueble a su propio uso. Sin embargo, el redactado del decreto genera interpretaciones dispares. Según Carles Sala, portavoz de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (API) de Catalunya, la gran rehabilitación no se considera nueva construcción, lo que ha provocado que múltiples transacciones queden en el aire. La Generalitat ha aclarado que las rehabilitaciones integrales sí deberían considerarse como obra nueva, pero la falta de precisión en el texto legal sigue afectando a la operativa del sector.
Guifré Homedes, director general de Amat Immobiliaris, señala que la definición de gran tenedor también genera inseguridad, ya que los promotores no son patrimonialistas y no deberían incluirse en esta categoría. Xavier Vilajoana, presidente de la APCE, advierte que la normativa ralentizará la compraventa de viviendas y destaca que fue aprobada mediante decreto ley sin permitir la participación del sector en su desarrollo normativo.
La promoción en cuestión, ubicada en una manzana delimitada por las calles Àvila, Doctor Trueta, Badajoz y Avinguda Icària, cuenta con 39 viviendas, 28 plazas de aparcamiento, 40 espacios para bicicletas y diez trasteros, sumando un total de 7.000 metros cuadrados. La transformación del recinto ha mantenido la fachada original de la fábrica de hielo, fundada en 1910, y el edificio dispone de certificación Breeam de sostenibilidad.
Meridia Capital adquirió el activo en 2017 y ha ido desinvirtiendo progresivamente. En 2022 vendió una parte del complejo a Allianz por 180 millones de euros, en una operación que incluyó 27.000 metros cuadrados de oficinas. La gestora, dirigida por Javier Faus, maneja más de 1.000 millones de euros en activos, consolidándose como uno de los principales actores del private equity inmobiliario en España.