El acceso a una vivienda en propiedad se ha convertido en una meta difícil de cumplir para miles de personas en España, especialmente para los jóvenes. La necesidad de aportar una cantidad significativa de dinero como entrada, además de los gastos relacionados con la compraventa, representa el principal obstáculo para quienes consideran convertirse en propietarios.
Por esta razón, existen distintas ayudas destinadas a grupos especialmente afectados por la situación actual en el mercado inmobiliario. Es el caso de los impuestos por la compra de una vivienda con menos de 35 años, para los que existen descuentos y bonificaciones que te detallamos a continuación.
- ¿Qué impuestos se pagan al comprar una vivienda siendo menor de 35 años?
- Deducción por la compra de vivienda para jóvenes
- ITP para jóvenes con menos de 35 años en Andalucía al comprar casa
- Impuestos al comprar vivienda para menores de 35 años en Aragón
- ¿Cuál es el ITP para los menores de 35 años en Asturias?
- Impuestos al comprar casa para menores de 36 años en Baleares
- ITP al adquirir una vivienda siendo menor de 40 años en Canarias
- Impuestos por comprar un inmueble siendo menor de 36 años en Cantabria
- ITP al comprar casa para menores de 36 años en Castilla y León
- ITP por la compra de vivienda para menores de 36 años en Castilla-La Mancha
- Impuestos por la compra de vivienda si tienes menos 35 años en Cataluña
- Impuestos por la compra de vivienda con menos de 35 años en Madrid
- Impuestos al comprar casa con menos de 35 años en Comunidad Valenciana
- ITP por la compra de vivienda para menores de 36 años en Extremadura
- ITP al comprar casa siendo menor de 36 años en Galicia
- ITP para la primera vivienda de los menores de 40 años en La Rioja
- Impuestos a la compra de vivienda para menores de 40 años en Murcia
- ITP por la compra de vivienda en Navarra y País Vasco
- Las viviendas VPO para menores de 35 años
- ¿Cuándo se aplica el ITP reducido?
¿Qué impuestos se pagan al comprar una vivienda siendo menor de 35 años?
Los menores de 35 años se encuentran sujetos a los mismos impuestos al comprar vivienda que el resto de los españoles. Sin embargo, es posible que se beneficien de algunas ventajas fiscales e incluso exenciones. Estos son los principales impuestos que se deben tener en cuenta:
- IVA o IGIC en caso de comprar vivienda nueva
- ITP en caso de comprar vivienda de segunda mano
- AJD por la escritura de compraventa
Deducción por la compra de vivienda para jóvenes
El ITP o Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es el principal impuesto al que deben hacer frente los jóvenes al comprar vivienda, ya que lo más habitual es adquirir un inmueble de segunda mano. Por eso, es frecuente que las distintas comunidades autónomas cuenten con ventajas fiscales para este colectivo.
Toma nota de cuánto pagan los jóvenes en concepto de ITP en cada comunidad autónoma:
ITP para jóvenes con menos de 35 años en Andalucía al comprar casa
El tipo general en Andalucía es del 7%, si bien se aplica un tipo reducido del 3,5% en la transmisión de inmuebles para promover una política social de vivienda cuando "el adquirente sea menor de 35 años", entre otros supuestos, siempre que el valor real de la vivienda no sea superior a 150.000 euros.
Impuestos al comprar vivienda para menores de 35 años en Aragón
En Aragón se aplica un tipo progresivo de ITP que se mueve entre el 8 y el 10%. En caso de compra de vivienda habitual por parte de menores de 35 años no se aplica un tipo reducido, pero sí existe una bonificación de 12,5% sobre la cuota tributaria para las transmisiones de inmuebles cuyo valor real no supere los 100.000 euros, entre otros supuestos.
¿Cuál es el ITP para los menores de 35 años en Asturias?
En Asturias también existe un tipo progresivo de entre el 8 y el 10%. En el caso de la compra de vivienda habitual por parte de menores de 35 años, los tipos de gravamen aplicables serán los siguientes:
- 4% hasta 150.000 euros
- 6% desde 150.000 euros en adelante
Impuestos al comprar casa para menores de 36 años en Baleares
En Islas Baleares el tipo progresivo se mueve entre el 8 y el 13%. Sin embargo, existen importantes ventajas fiscales para quienes adquieran vivienda habitual:
- Un tipo del 4% por la adquisición de vivienda habitual cuando el valor real o declarado del inmueble sea igual o inferior a 270.151,20 euros, siempre que el adquirente no disponga de ningún otro derecho de propiedad o de uso o disfrute respecto a ninguna otra vivienda.
- Un tipo del 2% por la compra de vivienda habitual, siempre que, además de cumplirse los requisitos anteriores, el adquirente sea menor de 36 años y compre su primera vivienda.
Por último, existe una bonificación del 100% de la cuota tributaria del impuesto por adquisición de inmueble que haya de constituir la primera vivienda habitual de jóvenes menores de 30 años, siempre que concurran ciertos requisitos.
ITP al adquirir una vivienda siendo menor de 40 años en Canarias
El tipo general de ITP es del 6,5% en Canarias para las transmisiones de inmuebles, y del 5% siempre que se adquiera vivienda habitual, sea cual sea la edad del comprador.
No obstante, existe un tipo reducido del 1% para la adquisición de vivienda habitual por parte de personas menores de 40 años (antes 35), entre otros colectivos. Es necesario, eso sí, que el valor del inmueble, incluyendo garajes y anexos, no supere los 200.000 euros.
Se trata de una novedad en 2026: la Ley 9/2025, de 23 de diciembre, elevó este límite desde los 150.000 euros hasta los 200.000 euros actuales (300.000 en caso de familia numerosa y 400.000 para familias numerosas de categoría especial).
Impuestos por comprar un inmueble siendo menor de 36 años en Cantabria
El tipo general en la transmisión de inmuebles es del 9% en Cantabria. Sin embargo, cuando se adquiere vivienda habitual, a los primeros 200.000 euros del valor de compraventa se les aplicará un tipo del 7%.
En caso de que el comprador adquiera vivienda habitual y tenga menos de 36 años cumplidos, se aplicará un tipo del 4%. También se aplica un ITP del 3% en las transmisiones de inmuebles adquiridos por sociedades constituidas por jóvenes empresarios menores de 36 años.
ITP al comprar casa para menores de 36 años en Castilla y León
El tipo general será del 8% en la transmisión de inmuebles, subiendo al 10% por la parte de base imponible que supere los 250.000 euros.
Sin embargo, existe un tipo reducido del 4% para las transmisiones de viviendas que vayan a constituir la vivienda habitual cuando todos los adquirentes tengan menos de 36 años en la fecha de devengo del impuesto.
Además, existe un tipo del 0,01% que se aplica en caso de que se cumplan ciertos requisitos:
- Que el inmueble sea la vivienda habitual
- Que todos los adquirentes sean menores de 36 años
- Que sea la primera vivienda de todos los adquirentes
- Que el inmueble esté situado en un municipio o entidad local de Castilla y León de menos de 10.000 habitantes o de menos de 3.000 habitantes si dista menos de 30 kilómetros de la capital de provincia
- Que tenga un valor menor de 150.000 euros, si no se supera un límite máximo de renta
ITP por la compra de vivienda para menores de 36 años en Castilla-La Mancha
El tipo general del ITP en Castilla-La Mancha es de 9% cuando se trate de la transmisión de inmuebles, bajando al 6% en caso de adquisición de la primera vivienda habitual del sujeto pasivo, siempre que su valor real no exceda de 180.000 euros y se cumplan ciertos requisitos.
Además, cuando se adquiera vivienda habitual y el adquirente tenga menos de 36 años, este tipo se reducirá al 5%. Es requisito que el valor de la vivienda no exceda de 180.000 euros y que se cumplan las siguientes condiciones:
- Que la adquisición se financie en más del 50% mediante préstamo hipotecario cuyo importe no exceda del valor declarado de la vivienda adquirida
- Que el valor de la vivienda sea igual o superior al valor asignado en la tasación realizada a efectos de la hipoteca
- Que el valor declarado por el contribuyente sea igual o superior al valor de referencia, en caso de existir
Impuestos por la compra de vivienda si tienes menos 35 años en Cataluña
Cataluña tiene uno de los ITP más elevados de España, entre el 10 y 13%. De hecho, los tipos máximos aumentaron desde el pasado 27 de junio de 2025, a raíz de la aprobación del Decreto-ley 5/2025, en la que se crearon dos tramos nuevos, del 12 y del 13%.
Sin embargo, la adquisición de vivienda habitual por parte de un menor de 35 años (para transmisiones realizadas a partir del 27 de junio de 2025, ya que antes de esta fecha la edad máxima era de 32 años) permite disfrutar de un tipo reducido del 5% (antes, del 7%), siempre que se cumplan ciertos límites de renta.
Impuestos por la compra de vivienda con menos de 35 años en Madrid
El tipo general en Madrid es del 6% para la transmisión de inmuebles y baja hasta el 4% en aquellos casos que vayan a constituir la vivienda habitual de una familia numerosa, cuando se den ciertos requisitos.
No existen ayudas específicas para menores de 35 años, pero sí una bonificación del 10% por la adquisición de la vivienda habitual, siempre que el valor real sea igual o inferior a 250.000 euros y no sea de aplicación el tipo de gravamen del 4%.
Impuestos al comprar casa con menos de 35 años en Comunidad Valenciana
El tipo general del ITP en Comunidad Valenciana cambiará a mediados de 2026. Por eso, nos encontraremos con dos escenarios:
- Hasta el 31 de mayo de 2026 el tipo general será del 10% para las transmisiones de inmuebles (11% a partir del millón de euros).
- A partir del 30 de junio de 2026 el tipo general en la compraventa de inmuebles y derechos reales se reduce al 9% (11% a partir del millón de euros).
En el caso de la adquisición de primera vivienda habitual por parte de menores de 35 años, el tipo seguirá siendo del 6%, siempre que, entre otras cosas, el valor de la vivienda no exceda de 180.000 euros. Si el valor supera esta cantidad, el tipo aplicable será del 8%
ITP por la compra de vivienda para menores de 36 años en Extremadura
Con carácter general, en la transmisión de inmuebles se aplicará un tipo entre el 8 y el 11%. Existe un tipo reducido del 7% para las transmisiones de inmuebles que vayan a destinarse a la vivienda habitual del contribuyente, siempre que el valor real de la vivienda no supere los 200.000 euros y que no se excedan ciertos umbrales de renta. En cuanto a los menores de 36 años en la fecha de devengo del impuesto, existe un tipo reducido del 4%.
ITP al comprar casa siendo menor de 36 años en Galicia
El ITP en Galicia es del 8% para las transmisiones de inmuebles en general, y baja al 7% en caso de compra de vivienda habitual cuando el patrimonio de la unidad familiar no supere cierta cuantía.
Además, existe una cuota reducida del 3% que se aplica, entre otros supuestos, cuando el adquirente tenga una edad inferior a 36 años, siempre que el precio de adquisición de la vivienda y la suma del patrimonio de los adquirentes y, en su caso, de los demás miembros de sus unidades familiares, no supere los 240.000 euros, más 30.000 euros adicionales por cada miembro de la unidad familiar que exceda del primero.
Actualmente también existe una deducción del 100% aplicable a la adquisición de vivienda habitual por parte de, entre otros colectivos, los menores de 36 años, siempre que la vivienda se encuentre en alguna de las parroquias que tengan la consideración de zonas poco pobladas o áreas rurales.
ITP para la primera vivienda de los menores de 40 años en La Rioja
En La Rioja el tipo general es del 7% y se reduce hasta el 5% para las adquisiciones de viviendas por parte de familias numerosas, discapacitados... En el caso de los jóvenes, las adquisiciones de viviendas que vayan a constituir la primera vivienda habitual de menores de 40 años de edad en la fecha de dicha adquisición, el tipo de gravamen será del 4%.
Se trata de una novedad introducida por la Ley 1/2025, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el acceso a la vivienda, en vigor desde el pasado 3 de marzo de 2025. Si, además, la vivienda se encuentra en alguno de los municipios que recoge el anexo I de la Ley 10/2017, de 27 de octubre, el tipo de gravamen aplicable será del 3%.
Impuestos a la compra de vivienda para menores de 40 años en Murcia
El tipo general del ITP es del 8%, y del 5% en las adquisiciones de inmuebles por parte de jóvenes menores de 40 años que sean empresarios o profesionales, o por sociedades mercantiles participadas directamente en su integridad por jóvenes menores de 40 años y que se destinen a ser su domicilio fiscal o centro de trabajo. En el caso de menores de 40 años que compren vivienda habitual, el tipo será del 3%.
ITP por la compra de vivienda en Navarra y País Vasco
El tipo general en Navarra es del 6% y, aunque existen tipos reducidos en algunos casos, la edad no se contempla como ventaja específica. Por su parte, el tipo general para la transmisión de inmuebles es del 7% en País Vasco, aunque existen tipos reducidos y diferencias entre Álava, Gipuzkoa y Bizkaia.
Las viviendas VPO para menores de 35 años
Las VPO o viviendas de protección oficial permiten a determinados colectivos acceder a una vivienda en propiedad (o en régimen de alquiler) a un precio controlado y bajo condiciones ventajosas, gracias a la intervención pública.
Las comunidades autónomas cuentan con amplias competencias en esta materia y pueden definir su propia política de concesión de este tipo de inmuebles, atendiendo a criterios como los ingresos, el empadronamiento en un municipio concreto, no ser propietario de otra vivienda o pertenecer a algún colectivo considerado vulnerable.
En cuanto a la edad, cada comunidad puede elegir dar prioridad a determinados grupos, normalmente los menores de 35 años, con el fin de facilitar su emancipación. Es también habitual que el acceso a VPO esté menos gravado desde el punto de vista fiscal, especialmente en impuestos como el ITP.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en España 2026: listado por CCAA
¿Cuándo se aplica el ITP reducido?
Un ITP reducido puede activarse por muy distintos motivos, aunque muchos de ellos suelen coincidir en las distintas autonomías. Ya sabemos que la edad puede ser un factor determinante a la hora de obtener una ventaja fiscal, pero existen otras posibilidades.
Familias numerosas, familias monoparentales, personas con discapacidad, personas con familiares a su cargo... son colectivos que habitualmente reciben ventajas fiscales en prácticamente todas las comunidades autónomas en materia de ITP.
Además, las autonomías suelen proteger a las personas con rentas más bajas, así como incentivar la compra de inmuebles en zonas poco pobladas, entre otros supuestos. La rehabilitación de inmuebles es otro factor que puede ayudarnos a tener una ventaja fiscal.
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