Un juez anula un contrato de intermediación en alquiler por cobrar un servicio igual a la renta y la fianza
El Juzgado de Primera Instancia 49 de Madrid ha declarado nulo el contrato entre una empresa de intermediación en el alquiler de viviendas y el arrendatario por establecer una cláusula de prestación de servicios de idéntico importe que la renta y la fianza, que infringe la legislación de consumo y la específica de arrendamientos. El juez califica la actuación como "abusiva, coercitiva y engañosa", al obligar a los arrendatarios a pagar por un servicio no solicitado, y que ni siquiera se hace mención alguna a él en el contrato de arrendamiento. La sentencia condena a la empresa a pagar 1.936 euros a los demandantes en una resolución firme y en la que no cabe recurso alguno.