Cláusulas suelo: el Supremo tumba una renuncia de acciones y da la razón al cliente
El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que vuelve a situar en el centro del debate a las cláusulas suelo, confirmando la nulidad del límite mínimo de intereses incorporado en un préstamo de 2007 y declarando abusiva la renuncia de acciones que el cliente había firmado años después con su banco. El fallo obliga a la entidad a devolver las cantidades indebidamente cobradas hasta el 28 de julio de 2015, fecha en la que se firmó la novación que eliminó la cláusula suelo, reforzando así la protección de los consumidores en contratos hipotecarios con condiciones poco transparentes.