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Artículo escrito por Pedro Hernández, abogado y ex secretario de la cámara de la propiedad urbana

Aparte de la insolidaridad que supone que los caseros no declaren los ingresos procedentes del alquiler de una vivienda, es una actitud insensata desde el punto de vista económico. El alquiler tiene un tratamiento fiscal muy favorable y el hipotético pago que tendrán que hacer los propietarios es pequeño si se compara con la sanción e intereses que puede conllevar ser descubierto por el fisco

Así, la postura de aquellos caseros  que afirman: “yo no declaro a hacienda el alquiler porque he llegado a un acuerdo con mi inquilino y él tampoco lo va a declarar” es insensata. En primer lugar ese acuerdo solamente puede ser verbal, no parece razonable que nadie se comprometa por escrito a defraudar al fisco. Los acuerdos verbales suelen “olvidarse” con relativa frecuencia por quienes los apalabran

Por otra parte, si es la vivienda habitual del inquilino debe hacerla constar en sus relaciones con la agencia tributaria como su domicilio fiscal, consignando la referencia catastral, verdadero dni de la vivienda, y su condición de arrendatario de la misma. Hacienda tiene todas las bazas para saber que el casero está defraudando con una simple búsqueda del dueño de una vivienda del inquilino

Por último debe tomarse en consideración que los alquileres de vivienda tienen probablemente el mejor tratamiento fiscal de todas las rentas gravadas en IRPF, por lo que al no declararlo se tiene poco que ganar y mucho que perder

En lo que se refiere al inquilino, existen tanto deducciones estatales como autonómicas Que, sin perjuicio de lo antedicho, pueden hacer “olvidar” al interesado su pacto de no declarar ese alquiler. En cuanto al casero, el fisco le permite aplicar reducciones que pueden dejar en  cero (o con una factura liviana) el impacto fiscal de ese alquiler sobre su IRPF

Hay que subrayar especialmente que si esos alquileres son detectados por la agencia tributaria, cosa que como ha quedado expuesto es tremendamente sencilla, no se permitirá al contribuyente acogerse a las reducciones antedichas, sino que tendrá que pagar la sanción e intereses correspondientes

En definitiva: no merece la pena el riesgo

Visitar el blog del abogado Pedro Hernández

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67 Comentarios:

16 Diciembre 2011, 9:40

Un Artículo muy sensato e instructivo, como casi todo lo que en la red se puede encontrar de don Pedro.
Por cierto, admiro su capacidad de multiplicarse y promocionarse a través de Internet. Gran capacidad de trabajo, sí señor.

16 Diciembre 2011, 11:55

Articulo necesario para los tiempos que corren...

16 Diciembre 2011, 12:44

El dia que a hacienda le de por cruzar datos con los alquileres.....ufff

pedro hernández olmo
16 Diciembre 2011, 13:36

Con la referencia catastral del piso ya los tiene cruzados

16 Diciembre 2011, 13:42

Hay muchas más cosas antes de esto que debe controlar el gobierno.
1º La ley de alquileres.
El mantenimiento que deben tener los inquilinos a los pisos: el que rompe paga. El que no paga a la calle, no consentir más personas que las reflejadas en el contrato y así un largo etc. sería muy largo de explicar y después controlar que todo el mundo declare lo que debe declarar.
Aquí hay mucho abuso y se debe de controlar.

16 Diciembre 2011, 14:01

In reply to by anónimo (not verified)

El que rompe paga. El que no paga a la calle...

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A la calle, ¡Y a la cárcel!
Que aquí sale gratis delinquir y hacer daño a los demás, y rentable lo de "vivir al día" y, sin embargo, muy caro al que es honrado y cauto con su patrimonio.
Ya está bien. Lo que deberíamos hacer es negarnos a pagar impuestos todos hasta que se controles tales desigualdades.

pedro hernández olmo
16 Diciembre 2011, 13:52

Totalmente de acuerdo, los arrendamientos urbanos en España no han conseguido una ley verdaderamente equitativa para ambas partes, en la actualidad es una temeridad alquilar un piso por temor a caer en manos de un inquilino moroso profesional, puede estar seis meses gratis y dejar el piso arrasado.

Totalmente de acuerdo, los arrendamientos urbanos en España no han conseguido una ley verdaderamente equitativa para ambas partes, en la actualidad es una temeridad alquilar un piso por temor a caer en manos de un inquilino moroso profesional, puede estar seis meses gratis y dejar el piso arrasado.

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COINCIDO PLENAMENTE.

Totalmente de acuerdo, los arrendamientos urbanos en España no han conseguido una ley verdaderamente equitativa para ambas partes, en la actualidad es una temeridad alquilar un piso por temor a caer en manos de un inquilino moroso profesional, puede estar seis meses gratis y dejar el piso arrasado.

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Discrepo completamente.
La ley boyer es profundamente favorable al propietario y desfavorable al inquilino.
Otra cosa es que con la justicia completamente colapsada que tenemos cualquier problema se eternice, sea inmobiliario, sea mercantil,.....
Lo que hay que hacer es, no cambiar la ley, sino resolver el malfuncionamiento de la justicia. Es alucinante verles funcionar como cuando llevaban manguitos. La informatica acaba de entrar en los juzgados y los jueces siguen sin servirse de ella porque ni saben ni quieren saber y, como son reyes en su taifa particular, ningun ministro de justicia ha sabido meterles en vereda.
En cuanto a los problemas del inquilinato siempre se pueden resolver con un buen seguro que los cubra. Se ganara menos pero se ganara mucho mas que manteniendo las casas vacias. Y siempre pueden vender las casas.

pedro hernández olmo
16 Diciembre 2011, 17:43

In reply to by anónimo (not verified)

El decreto boyer, que no Ley, simplemente se limitó a suprimir la obligatoriedad de la prórroga forzosa ilimitada en el tiempo a favor del inquilino, cosa que desnaturalizaba por completo el contrato de arrendamiento que es esencialmente temporal.

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