
Cajamar sigue ofreciendo uno de los mejores préstamos mixtos para la compra de vivienda más atractivos del mercado.
En concreto, la hipoteca mixta de la caja rural tiene un tramo fijo durante cinco años a un interés del 1,79%, que pasado ese plazo se convierte en euríbor + 0,50% (3,17% TAE) con las máximas bonificaciones.
Para obtener estas condiciones, el cliente debe domiciliar la nómina, la cuota de autónomos, la pensión o cualquier ingreso periódico por un importe mínimo de 700 euros al mes y al menos tres recibos de suministros básicos, como el agua, la luz, el gas o la comunidad. También es necesario contratar los seguros de hogar y vida (en este caso que cubra el 100% del importe hipotecado) y mantener ambos al corriente de pago.
En ausencia de esos requisitos, el interés aumenta en seis décimas en ambos plazos. Así, durante los primeros cinco años el tipo escala hasta el 2,39%, mientras que posteriormente se aplica euríbor + 1,10% (3,19% TAE).
Independientemente de las opciones que elija el cliente para mejorar su oferta, y cuya revisión es de carácter anual, este préstamo va destinado únicamente a la compra de viviendas habituales y establece un límite de financiación de hasta el 80% del menor de estos dos importes: el valor de tasación del inmueble o su precio de compra.
Otras condiciones que establece Cajamar en su hipoteca mixta es que debe tener un importe mínimo de 60.000 euros, así como que los titulares tengan unos ingresos mensuales superiores a los 4.000 euros al mes.
En cuanto al plazo, la entidad permite contratar el préstamo a un máximo de 30 años, siempre que al vencimiento de la operación ninguno de los prestatarios supere la edad de 80 años.
En lo que respecta a las comisiones, la entidad aplica una penalización en caso de reembolso o amortización anticipada parcial o total de la hipoteca, que no podrá superar la pérdida financiera que pueda sufrir el banco. La entidad se compromete a acordar con el cliente uno de estos supuestos: el pago de una comisión del 0,25% del capital reembolsado anticipadamente cuando el pago se lleve a cabo durante los tres primeros años de la vida del préstamo; o bien, una comisión del 0,15% cuando el reembolso parcial o total se produzca en los dos años siguientes.
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