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El propietario podrá exigir al inquilino que pague las obras de mantenimiento del piso

Una sentencia del tribunal supremo ha aceptado como causa de desahucio el impago de las obras de mantenimiento que se llevan a cabo en una vivienda alquilada. El propietario de la vivienda podrá repercutir en el arrendatario el importe de las obras de reparación necesarias para mantener la vivienda en estado de servir al uso convenido  

La decisión judicial se ha producido como respuesta a la denuncia presentada por un inquilino que, a pesar de haber pagado las cantidades que le reclamó su casero en concepto de mantenimiento del piso, quiso defender su postura de que no estaba obligado a hacerlo. Para su sorpresa, la justicia ha dado la razón al propietario del inmueble

El contrato de  alquiler objeto de disputa se firmó en 1947, al amparo de la ley de arrendamientos urbanos de 1967, que justificaba el desahucio en caso de impago de la renta y gastos asimilados. El tribunal supremo ha entendido que dentro de estos “gastos asimilados” se encuentran los gastos de mantenimiento del piso, y por tanto, su impago es motivo de extinción del contrato de alquiler. La sentencia resuelve la “jurisprudencia contradictoria” con la que las audiencias provinciales han tratado este tema hasta la fecha

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22 Comentarios:

16 Marzo 2011, 19:53

Una vez se demuestra que en España las leyes y la justicia son de risa, echas y puestas en practicas con el CULO.

No es suficiente que el inquilino paga un alquiler,aqua,electricidad,comunidad,i logico lo que rompe.Ahora tiene que pagar las reformas.Y el dueño a mamar el alquiler.Como podia encontrar un inquilono tan tonto para reformarme la casa a costa de su dinero.Asi va España.

1 Febrero 2013, 15:28

Disculpad, pero la ley en las que se basa esta resolución es antigua. Entonces sí era de cargo del inquilino cualquier arreglo o reforma. Ahora se reduce a lo que es por desgaste normal, y muchas veces los propietarios se hacen cargo también si es un desgaste normal con el tiempo.

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