Tiene un tipo fijo del 1,79% durante los primeros cinco años, que luego se reconvierte en euríbor + 0,50% con las máximas bonificaciones. Solo va destinada a vivienda habitual
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Hipoteca de la semana Cajamar
idealista/news

Cajamar sigue comercializando uno de los préstamos para la compra de vivienda más destacados del mercado a un tipo de interés mixto.

La oferta actual de la hipoteca mixta de la caja rural tiene un tramo fijo durante cinco años a un interés del 1,79%, que pasado ese plazo se convierte en euríbor + 0,50% (3,20% TAE) con las máximas bonificaciones. 

En concreto, el cliente debe domiciliar la nómina, la cuota de autónomos, la pensión o cualquier ingreso periódico por un importe mínimo de 700 euros al mes y al menos tres recibos de suministros básicos, como el agua, la luz, el gas, el teléfono o la comunidad. También es necesario contratar los seguros de hogar y vida (en este caso que cubra el 100% del importe hipotecado) y mantener ambos al corriente de pago.

Si no se cumplen todos esos requisitos, el interés aumenta seis décimas en ambos plazos, hasta el 2,39% durante los primeros cinco años y hasta euríbor + 1,10% (3,22% TAE) a partir de entonces. 

Independientemente de las bonificaciones que elija el cliente para mejorar su oferta, la hipoteca mixta de Cajamar solo va destinada a la compra de viviendas habituales y establece un límite de financiación de hasta el 80% del valor de tasación del inmueble, o de su precio de compra si este es inferior.

Por otro lado, el importe del préstamo debe ser de al menos 60.000 euros, y los titulares deben tener unos ingresos mensuales superiores a los 4.000 euros al mes. 

En cuanto a las comisiones, la hipoteca mixta de Cajamar incluye penalización en caso de amortización anticipada parcial o total, que no podrá superar la pérdida financiera que pueda sufrir el banco. La entidad se compromete a acordar con el cliente uno de estos supuestos: el pago de un 0,25% del capital reembolsado anticipadamente cuando el pago se lleve a cabo durante los tres primeros años de la vida del préstamo; o bien, un 0,15% cuando el reembolso parcial o total se produzca en los dos años siguientes. 

Esta oferta se puede contratar a un plazo máximo de 30 años, siempre y cuando ninguno de los prestatarios tenga más de 80 años a la fecha de vencimiento del contrato hipotecario. 

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