Esto es lo que dice la ley al respecto sobre una práctica cada vez más extendida por parte de inquilinos y propietarios
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contrato alquiler whatsapp
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En la era de la digitalización y la mensajería instantánea, es cada vez más frecuente que las negociaciones y acuerdos se lleven a cabo a través de canales electrónicos, como WhatsApp. Esta tendencia no escapa en el ámbito de los contratos de arrendamiento, donde tanto arrendadores como arrendatarios buscan simplificar los procesos. Sin embargo, surge una pregunta fundamental: ¿qué validez legal tiene un contrato de alquiler acordado por WhatsApp? Resolvemos las dudas.

¿Qué dice la ley sobre los contratos de alquiler por WhatsApp?

La validez de un contrato de alquiler por WhatsApp es la misma que la de cualquier otro contrato celebrado por escrito. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no establece ninguna forma específica para la celebración de contratos de arrendamiento, por lo que las partes pueden acordar libremente el medio por el que quieren celebrarlo.

Condiciones del alquiler pactadas por WhatsApp, ¿son válidas?

Para que tengan validez los contratos de alquiler celebrados por WhatsApp se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Que los mensajes sean claros, comprensibles y que reflejen claramente la voluntad de las partes de celebrar un contrato de alquiler
  • Es esencial confirmar que los teléfonos móviles utilizados en la comunicación pertenecen realmente a las partes involucradas, para garantizar la autenticidad de la conversación
  • Que sea posible identificar a las partes que celebran el contrato
  • Que sea posible determinar las condiciones del contrato, como la identificación de la vivienda, la duración del contrato, la renta, las cláusulas oportunas, etc.
  • En caso de que se produzca un conflicto entre las partes, los mensajes de WhatsApp podrán ser utilizados como prueba para acreditar la existencia del contrato y el contenido de sus cláusulas
  • Es fundamental poder acceder a la conversación completa y sin alteraciones, pues disponer únicamente de fragmentos de la misma podría conducir a equivocaciones o disputas
  • Para verificar la comunicación, es necesario probar tanto el envío como la recepción del mensaje; en este sentido, la confirmación de lectura mediante el doble “check” azul o una respuesta al mensaje será adecuada para su validación
  • Es imprescindible seguir los plazos de notificación y la normativa establecida en la LAU
contrato alquiler wathsapp
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Por lo tanto, un contrato de alquiler celebrado por WhatsApp es perfectamente válido y puede ser utilizado ante los tribunales como prueba de la existencia de un contrato de arrendamiento.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que, aunque un contrato de arrendamiento celebrado por WhatsApp sea válido, puede ser más difícil de probar que un contrato por escrito. Por ello, se recomienda que los contratos de alquiler se hagan siempre vía escrita, ya que esto proporcionará una mayor seguridad jurídica a las partes.

¿Se puede rescindir el contrato de alquiler por WhatsApp?

Pese a que la finalización del contrato de alquiler por medio de WhatsApp puede constituir una prueba válida, la normativa vigente indica que la terminación de esta relación contractual debe efectuarse mediante una notificación fehaciente, como el burofax. 

Este tipo de comunicación es la que ofrece una mayor seguridad jurídica, ya que deja constancia y servirá como prueba en caso de que se genere algún conflicto. Lo ideal es notificar la rescisión del contrato de arrendamiento por burofax, acompañándolo de un mensaje a través de WhatsApp, email o una llamada telefónica.

La comunicación de subida del precio del alquiler también puede realizarse por WhatsApp y será considerada como válida. Sin embargo, para garantizar una mayor seguridad jurídica, es recomendable utilizar el burofax.

¿Cómo saber si es legal un contrato de alquiler?

Para verificar la legalidad de un contrato de alquiler, es esencial cumplir con los requisitos de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), como la identificación de las partes, la descripción de la vivienda, la duración del contrato, la renta, la fianza y otras cláusulas. Además, se deben evitar cláusulas consideradas abusivas, como las que modifican las normas de la LAU en perjuicio del arrendatario o las que imponen gastos de gestión no legales.

¿Qué pasa si no tengo contrato de alquiler?

Si no tienes contrato de alquiler, se te considera un inquilino “a voluntad”. Esto significa que la relación de alquiler se rige por las disposiciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La principal desventaja de no tener contrato de alquiler es que tienes menos derechos que un inquilino con contrato. Por ejemplo, un arrendatario con contrato tiene derecho a una duración mínima del contrato de cinco años, mientras que un inquilino a voluntad puede ser desalojado con un preaviso de 30 días.

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