Esto es lo que tienes que hacer si consideras injusto que no te devuelvan el importe de la fianza una vez terminado el alquiler
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mi casero no me devuelve la fianza
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La firma de un contrato de alquiler de vivienda conlleva la obligación de entregar al arrendador la correspondiente fianza equivalente a un mes de renta. La finalidad principal es garantizar que el inquilino cumplirá las obligaciones de pago que asumió al formalizar el alquiler y que entregará la vivienda en el mismo estado en el que entró a vivir, es decir, sin desperfectos.

Pero, ¿qué ocurre si el casero se niega a devolver la fianza?, ¿cómo se puede reclamar la devolución?

Plazo para la devolución de la fianza del alquiler

“Si el inquilino ha cumplido con todas sus obligaciones podrá recuperar el importe íntegro de la fianza, circunstancia que es conveniente que quede debidamente documentada al formalizar la resolución del contrato. El arrendador, tras verificar las cuentas y el estado del piso, deberá restituir la fianza al inquilino al tiempo en que este le devuelva la posesión del inmueble. No obstante, la ley arrendaticia otorga al arrendador un plazo máximo de un mes, desde que el arrendatario le entregue las llaves, para que devuelva la fianza”, señala Salvador Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico.

¿Cuándo se devuelve la fianza de un alquiler?

El inquilino tiene derecho a recuperar la fianza una vez finalice el contrato de arrendamiento y siempre y cuando se encuentre al corriente del pago del alquiler, así como otras cantidades que le correspondan según lo establecido en el contrato, como las cuotas de la comunidad o los suministros. Además, debe devolver el piso tal y como se lo encontró al entrar. En caso contrario, el arrendador podrá quedarse con la fianza para reparar los daños ocasionados o pagar las deudas pendientes.

¿Cómo reclamar la devolución de la fianza del alquiler?

Una vez transcurrido un mes desde la extinción del contrato de alquiler, el inquilino podrá reclamar al casero el importe de la fianza, siempre que en el documento de resolución del arrendamiento quede expresado que el inquilino entregó la vivienda en perfecto estado y al corriente de pago. O que el arrendatario cuente con las pruebas oportunas para acreditar estos dos extremos.

En estas circunstancias, Salcedo recomienda que la reclamación de la fianza se haga formalmente y mediante un burofax. Si el inquilino no recibe respuesta o ésta no es satisfactoria, podrá continuar la reclamación por vía judicial.

En sede judicial, podrá exigir la restitución del importe de la fianza o el saldo resultante tras descontar las deudas y desperfectos que pudiera haber, más el interés legal correspondiente. La demanda deberá formalizarse ante el Juzgado correspondiente al domicilio del inmueble y se podrá presentar directamente por el inquilino si el importe a reclamar no excede de 2.000 euros, aunque siempre es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado.

Reclamar devolución fianza
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Modelo de devolución de la fianza del alquiler

Si observas que ha pasado el plazo para que el propietario te devuelva la fianza, habrá que tomar medidas. Lo mejor es reclamar la fianza por burofax. Aquí tienes un modelo de reclamación de devolución de la fianza para enviar a tu arrendador si se niega a devolverte el importe:

En [Ciudad], a [día] de [Mes] de [Año],

[Nombre del arrendador/a]

[Dirección del arrendador/a]

[Nombre del arrendatario]

[Dirección del arrendatario]

Estimado/a [Nombre del arrendador]:

Por la presente, y en virtud de lo establecido en el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, le solicito formalmente la devolución de la fianza correspondiente al contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en [dirección completa del inmueble], el cual fue suscrito el día [fecha de inicio del contrato].

La mencionada ley establece que el arrendador está obligado a devolver la fianza en el plazo máximo de un mes desde la entrega de las llaves del inmueble por parte del arrendatario, siempre y cuando no existan deudas pendientes ni desperfectos en el inmueble que deban ser reparados.

Me permito recordarle que en el momento de la entrega del inmueble, éste se encontraba en las mismas condiciones en las que fue entregado al inicio del contrato de arrendamiento, sin ningún tipo de deterioro o daño que pudiera justificar una retención parcial o total de la fianza.

Por lo tanto, le insto a que proceda a la devolución íntegra de la cantidad correspondiente a la fianza, que asciende a [indicar cantidad exacta], en un plazo máximo de [indicar plazo máximo según la ley], a partir de la recepción de esta comunicación.

En caso de que no se proceda a la devolución de la fianza en el plazo indicado, me veré en la obligación de iniciar las acciones legales pertinentes para reclamar su devolución, incluyendo la posibilidad de acudir a la vía judicial.

Quedo a la espera de su pronta respuesta y de la devolución de la fianza conforme a lo establecido por ley.

Atentamente,

[Firma del arrendatario/a]

[Nombre del arrendatario/a]

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar la fianza de un alquiler?

Por ley, el casero deberá devolverte la fianza en los primeros 30 días una vez se ha efectuado la entrega de llaves, es decir, le has devuelto la vivienda. Si pasado ese plazo sigue sin devolverte la fianza, comenzarán a sumarse intereses sobre la misma. Si pasa este tiempo, no te la devuelve y crees que no hay motivos para que no lo haga, lo mejor es que acudas al auxilio judicial. En la LAU no se establece un plazo máximo para reclamar la fianza.

Dejar de pagar el último mes de alquiler en compensación con la fianza 

En algunos casos, el inquilino puede temer que su casero se niegue a devolverle la fianza. En este caso, en ocasiones el propio arrendatario decide no pagar el último mes de alquiler y que se lo cobre el arrendador de la fianza. Esto no es una práctica muy ortodoxa y que suele prohibirse expresamente en muchos contratos, pero que se utiliza más de lo previsto por algunos inquilinos.

En todo caso, salvo que el documento de resolución de contrato firmado por las partes ratifique que todo está en orden, el arrendador no perderá la posibilidad de reclamar al arrendatario por vía judicial las deudas y la reparación de los daños si los hubiere. Además, podría exigir al inquilino el pago de las rentas y demás cantidades que se devenguen tras la finalización del contrato, y hasta que le devuelva la posesión del inmueble, tal y como señala el socio de Ático Jurídico.

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