¿Qué son las costas judiciales o procesales? ¿Quién las paga? ¿A cuánto ascienden? ¿Cómo hay que pagarlas? Resolvemos las dudas
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Las costas procesales son los gastos que se deben cubrir durante un proceso judicial
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Las costas judiciales son los gastos que se deben cubrir durante un proceso judicial e incluyen los honorarios del abogado y procurador, copias de documentos, trámites administrativos, entre otras. Te contamos todo lo que tienes que saber sobre las costas judiciales en un juicio por impago de alquiler.

¿Qué se considera costas judiciales?

Las costas judiciales, también conocidas como costas procesales, incluyen todos los gastos en los que incurren las partes involucradas en un juicio, como los honorarios de abogados, procuradores, peritos y demás profesionales, así como los gastos generados por la realización de actos procesales, como notificaciones o embargos, entre otros.

¿Qué partidas integran las cosas procesales?

En el artículo 241 La Ley de Enjuiciamiento Civil se expresa lo que son las costas judiciales:

  • Honorarios de la defensa y de la representación técnica cuando sean preceptivas.
  • Inserción de anuncios o edictos que de forma obligada deban publicarse en el curso del proceso.
  • Depósitos necesarios para la presentación de recursos.
  • Derechos de peritos y demás abonos que tengan que efectuar a personas que hayan intervenido en el proceso.
  • Copias, certificaciones, notas, testimonios y documentos análogos que hayan de solicitarse conforme a la Ley, salvo los que se reclamen por el tribunal a registros y protocolos públicos, que serán gratuitos.
  • Aranceles que surjan de actuaciones que se necesiten durante el proceso.
  • La tasa exigida para el uso de la unidad jurisdiccional, cuando sea preceptiva.

¿Quién debe abonar las costas procesales en el juicio por desahucio?

En un juicio por desahucio por impago de alquiler en España, el propietario puede solicitar al juez que condene al inquilino moroso al pago de las costas judiciales. Estas costas pueden variar dependiendo de la complejidad del caso y del tiempo que lleve. Algunos de los costes más comunes en este tipo de procedimiento incluyen:

  1. Honorarios del abogado: Los abogados son obligatorios en un juicio por desahucio y sus honorarios pueden representar una parte significativa de las costas judiciales. Estos honorarios pueden variar dependiendo de la experiencia y la reputación del abogado, así como de la complejidad del caso. La media se sitúa en unos 650-700 euros.
  2. Honorarios del procurador: Todas las demandas de desahucio por impago del alquiler deben ir firmadas por un procurador. Estos profesionales tienen marcados sus honorarios por ley. El precio depende de varios factores, como la renta reclamada, el precio del alquiler o las actuaciones que tiene que llevar a cabo. El precio medio de contratación de un procurador es de unos 300 euros.
  3. Tasas judiciales: Son pagos que deben hacerse al inicio del procedimiento judicial y están destinadas a cubrir los gastos administrativos del proceso.
  4. Gastos de notificación y comunicaciones: Estos gastos se generan al realizar las notificaciones y comunicaciones necesarias durante el proceso judicial, como la entrega de la demanda, citaciones y requerimientos.
  5. Gastos de peritos y otros profesionales: En algunos casos puede ser necesario contar con la intervención de peritos o expertos en diferentes materias, lo que puede incrementar las costas procesales.

Cómo se calculan las costas judiciales del juicio de desahucio por falta de pago

El juez tiene la facultad de imponer las costas procesales a la parte que haya resultado condenada en el juicio. En el caso de los juicios de desahucio por impago, generalmente, se condena al inquilino a pagar las costas judiciales si se demuestra que ha dejado de pagar.

Para calcular el importe de las costas judiciales, las partes implicadas en el juicio por impago de alquiler deben presentar todas las facturas, los honorarios y minutas. El juez efectuará la tasación correspondiente con base en estos recibos y después notificará a quien corresponda.

Concretamente, la tasación de costas aparece regulada en el artículo 243 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: “La tasación será realizada por el Letrado de la Administración de Justicia. No se incluirán en la tasación los derechos correspondientes a escritos y actuaciones que sean inútiles, superfluas o no autorizadas por la ley, ni las partidas de las minutas que no se expresen detalladamente o que se refieran a honorarios que no se hayan devengado en el pleito”.

Además, se reducirá el importe de los honorarios de los abogados y demás profesionales que no estén sujetos a tarifa o arancel, cuando los reclamados excedan del límite legal. Aquí puedes ver cuánto cuesta un desahucio por impago de alquiler.

¿Cuánto cuestan las costas de un desahucio?
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Desacuerdo con el cálculo de costas judiciales

Según aparece en el artículo 244 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), una vez practicada la tasación de costas, se dará traslado de ella a las partes por plazo común de 10 días. Una vez acordado el traslado, no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando al interesado su derecho para reclamar de quien y como corresponda.

Transcurrido el plazo de 10 días sin haber sido impugnada la tasación de costas practicada, el Letrado de la Administración de Justicia la aprobará mediante decreto. Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, y contra el auto resolviendo el recurso de revisión no cabe recurso alguno.

¿Quién puede impugnar las costas judiciales por impago de alquiler?

Si no hay acuerdo, las partes implicadas, tanto el que debe pagarlas, como el que debe recibirlas, podrán impugnar las costas, alegando, por ejemplo, que el importe es excesivo o inferior al que corresponde.

Para ello, en el plazo de 10 días, la parte que quiera impugnar las costas procesales del juicio por impago de alquiler debe enviar un escrito en el que explique sus discrepancias. Después, la justicia podrá mantener las costas, realizar modificaciones o desestimar las nuevas costas procesales, teniendo que pagar esos nuevos gastos la parte que las ha impugnado.

¿Es legal negarse a pagar las costas judiciales en un juicio por impago de alquiler?

Las personas condenadas a pagar las costas procesales de un juicio por impago de alquiler están obligadas a ello. Concretamente, se cuenta con un plazo de 20 días hábiles para hacer el pago. Si no se realiza de manera voluntaria en este periodo, la otra parte exigirá en tribunales la ejecución.

Solo podrán evitar el pago de las costas procesales aquellas personas que hayan solicitado justicia gratuita. Es decir, si una persona que cuenta con el beneficio de asistencia jurídica gratuita pierde un juicio, el juez no podrá condenarle a pagar las costas.

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