Costa da Morte
Costa da Morte, Dumbria, Galicia Getty images

El Ministerio para la Transición Ecológica está inmerso en la nueva modificación del Reglamento General de Costas, una regulación que busca paliar el impacto del avance del mar, debido al calentamiento global. Esta normativa está de nuevo en revisión después de que el Tribunal Supremo tumbara parte del texto el pasado enero por un defecto durante su tramitación. Entre sus principales medidas está que el Estado podrá expropiar apartamentos, hoteles o chiringuitos en primera línea de playa, a cambio de ceder a los propietarios (personas o empresas) su uso durante 30 años y, en determinados casos, más otros 30 años prorrogables.

Según publica El Economista, esta nueva regulación permitirá que, si una persona tiene un piso en la playa y avanza el nivel del mar, el Estado podrá establecer que el suelo en el que está el apartamento pasa a estar dentro de la línea marítimo terrestre y el inmueble pasa a ser de dominio público. A cambio, cede el uso a los propietarios durante 30 años (en algunos casos, más otros 30 años prorrogables). Una vez acabe la cesión, el Estado podrá hacer lo que considere con el inmueble. El Tribunal Constitucional ya se pronunció hace años y dijo que era perfectamente constitucional que la indemnización consistiera en una concesión.

También limitará las concesiones para tener una actividad cerca de la costa a un máximo de 75 años.

Desde que el Alto Tribunal anuló el Real Decreto del 1 de agosto de 2022, varios ayuntamientos ya han anunciado su intención de solicitar al Estado la devolución de los terrenos expropiados por estar muy cerca de la costa. Sin embargo, para evitar deshacer los deslindes en marcha e incorporar nuevos terrenos a futuros deslindes, el Ministerio para la Transición Ecológica está inmerso en un nuevo Real Decreto para dar continuidad al Reglamento General de Costas anulado. Dicho documento ha sido sometido a consulta pública hasta el pasado 21 de marzo, un trámite que se omitió en el anterior Reglamento y que fue la causa por la que el Supremo lo tumbó.