Hace escasas semanas se conocía una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Valencia que, desoyendo el criterio de la Dirección General de Tributos, consideró que es posible incluir en el IRPF las pérdidas que se deriven de la donación de inmuebles. Esta resolución sorprende, sobre todo porque el TEAR es un Tribunal que depende del Ministerio de Hacienda. José María Salcedo, socio de Ático Jurídico, hace hincapié en que en este caso ha actuado con imparcialidad, pero en la práctica, no es lo habitual. Te explicamos por qué.