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La prórroga de la paralización de los desahucios de familias vulnerables por el impago del alquiler en 2026 que aprobó el Gobierno en diciembre ha dejado de tener efectos jurídicos, tras no conseguir el respaldo del Congreso de los Diputados. Tras decaer el 'decreto ómnibus', la Asociación de Propietarios de Viviendas de Alquiler (Asval) insta a los arrendadores a solicitar el levantamiento de la suspensión con carácter inmediato; y recuerda que pueden solicitar una compensación económica equivalente a los ingresos dejados de percibir, aunque las solicitudes deben hacerse rápidamente para que no expire el plazo. Además, repasa cómo y dónde se pueden realizar las peticiones, y qué documentación deben incluir.
El pasado mes de diciembre el Gobierno actualizó, a través del Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, los coeficientes máximos que se aplican al cálculo con el método objetivo del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal. En algunos casos la subida era de hasta el 40% de este impuesto en la mayoría de los periodos de tenencia de la vivienda de menos de 15 años. Sin embargo, como dicho Real Decreto-ley no se ha convalidado en el Congreso de los Diputados, esta temida subida se ha quedado en papel mojado de momento, con lo que los coeficientes que están en vigor son los de 2024.
El Pleno del Congreso de los Diputados ha rechazado el 'decreto ómnibus' que aprobó el Gobierno el 23 de diciembre y que incluía una bateria de medidas, desde la subida de las pensiones a la prórroga de la suspensión de los desahucios de hogares vulnerables por impago del alquiler y las deducciones fiscales por rehabilitar viviendas, los nuevos coeficientes para calcular la plusvalía municipal o la prohibición de cortar los suministros básicos a los hogares vulnerables. Los votos en contra de PP, Junts y Vox han dejado sin efectos jurídicos el decreto y han protagonizado la primera gran derrota parlamentaria del Ejecutivo de 2026, aunque no se descarta que vuelvan a votarse de forma independiente para que muchas de ellas salgan adelante en las próximas semanas.
El Gobierno ha actualizado un año más a través de un Real Decreto-ley los coeficientes máximos que se aplican al cálculo del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como plusvalía municipal. En algunos casos la subida es de hasta el 40% de este impuesto en la mayoría de los periodos de tenencia de la vivienda de menos de 15 años, es decir, se penaliza la venta de vivienda especialmente 9, 10, 11 y 12 años después de comprar la casa. Pero también hay una bajada de los coeficientes, de hasta el 12,5%, en transmisiones producidas tras un periodo de tenencia del inmueble de 17 años o más. Este Real Decreto aún debe convalidarse en el Congreso para que entre en vigor.
Vender una vivienda puede tener consecuencias directas sobre el complemento a mínimos que perciben algunos pensionistas. La clave está en si la operación genera una ganancia patrimonial y en cómo esta afecta a los límites de ingresos que marca la Seguridad Social, un aspecto que a menudo genera dudas y errores de interpretación.
El Tribunal Supremo ha marcado un antes y un después para miles de propietarios al aclarar que cualquier ciudadano puede pedir al Catastro la corrección del valor o los datos de su inmueble, sin tener que pasar por el ayuntamiento. Una nueva sentencia aclara cómo debe aplicarse la Ley del Catastro Inmobiliario y refuerza el derecho de los contribuyentes a corregir errores que afectan a impuestos tan cotidianos como el IBI.
La Dirección General de Tributos (DGT) ha zanjado una de las dudas más frecuentes entre quienes venden su vivienda: ¿pueden las reformas servir para reducir la plusvalía municipal? En una consulta vinculante, el organismo dependiente del Ministerio de Hacienda deja claro que no. Los gastos de reforma o mejora no incrementan el valor de adquisición del terreno a efectos del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). El mensaje es inequívoco: las reformas pueden incrementar el valor de la edificación, pero no alteran el valor del terreno, que es el único elemento gravado por este impuesto.
El Tribunal Supremo ha marcado un cambio relevante en el debate sobre la plusvalía municipal. En una sentencia dictada el 13 de junio de 2025, la Sala de lo Contencioso-Administrativo establece que los contribuyentes pueden reclamar la devolución del impuesto siempre que, a fecha de la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021 de 26 de octubre, que anuló el tributo, aún estuvieran en plazo para recurrir en vía judicial. La decisión refuerza la posición de quienes quedaron atrapados en un vacío legal entre la vía administrativa y la contenciosa, ampliando las posibilidades de resarcirse por un tributo declarado inconstitucional.
Vender un apartamento turístico puede reportar grandes beneficios, especialmente teniendo en cuenta que la tendencia normativa en toda Europa se mueve hacia la limitación del número de licencias para esta actividad. Si estás pensando en poner en venta una vivienda de este tipo, te contamos todos los detalles al respecto, incluyendo aspectos normativos, gastos e impuestos. Por ejemplo, te tocará pagar el ITP, la plusvalía municipal y en caso de ganancia patrimonial, deberá tributar en el IRPF (entre el 19% y el 28%).
El mercado de la vivienda en España atraviesa un momento histórico: los precios de venta y alquiler alcanzaron máximos en junio de 2025, según idealista. Comprar una casa como inversión promete rentabilidades elevadas, pero también implica riesgos y una planificación cuidadosa. Antes de lanzarse, conviene analizar factores clave como la ubicación, el mercado, la financiación, la fiscalidad y la estrategia de rentabilidad a largo plazo.
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía contra el valor de referencia de Catastro, que sirve como base imponible de tributos tan importantes como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. El objetivo de los jueces es dilucidar si la opción legislativa consistente en determinar la base imponible de estos impuestos mediante la imposición del valor de referencia de Catastro, prescindiendo de la valoración singularizada de los inmuebles, es objetiva y razonable. Y es que, en caso contrario, podríamos hablar de la existencia de un gravamen ficticio, que vulneraría el principio de capacidad económica (art. 31.1 de la Constitución).
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha marcado un antes y un después en la interpretación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), más conocido como plusvalía municipal. El fallo, emitido el pasado mes abril, confirma que los contribuyentes pueden reclamar la devolución de este tributo, aun cuando el Ayuntamiento ya hubiera cerrado el expediente con una liquidación firme. La clave está en la inexistencia de ganancia real.
La tributación de la venta de un inmueble de una sociedad es diferente a la de un particular. Las empresas no tributan por IRPF (como sí hacen los particulares), sino por el Impuesto sobre Sociedades. En este artículo resolvemos te explicamos cómo tributa la venta de un inmueble de una sociedad y cuáles son los impuestos a pagar por la venta de una vivienda de una empresa.
La donación de una vivienda, generalmente entre padres e hijos, implica su transmisión sin contraprestación a cambio, lo que permite al donatario disfrutar de este bien en calidad de propietario sin pagar un precio, aunque si hay que hacerse cargo de algunos impuestos en función del parentesco. Aunque lo más frecuente es donar el pleno dominio del inmueble, también es posible ceder únicamente el usufructo o la nuda propiedad, entre otras opciones, cumpliendo ciertos requisitos. Cualquier donación de vivienda debe formalizarse necesariamente mediante escritura pública ante notario y registrarse en el Registro de la Propiedad para ser válida.
Pese a los elevados precios de las viviendas en algunas zonas de España, las buenas condiciones hipotecarias, provocadas por las bajadas de tipos por parte del Banco Central Europeo (BCE), han incentivado a los interesados a adquirir una vivienda. Este auge en la demanda ha provocado que muchos propietarios hayan vendido sus viviendas en cuestión de semanas, incluso días. Estas prisas pueden conllevar fallos y errores que repercuten a la hora de calcular el gasto final de una venta. Entre los errores más comunes se encuentra no calcular bien la plusvalía municipal, el IBI o los gastos notariales no contemplados.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía ha acordado plantear una cuestión de inconstitucionalidad contra el valor de referencia de Catastro, que sirve como base imponible de tributos tan importantes como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. El objetivo de los jueces es determinar si se trata de un método objetivo y razonable. Desde que entró en vigor la Ley 11/2021, el valor de referencia del Catastro se ha convertido en la piedra angular para calcular la base imponible en operaciones como la compraventa de inmuebles. Ya hay un Auto del TSJ de Andalucía planteando la cuestión de inconstitucionalidad. Ahora falta por ver si el Constitucional la admite a trámite o no.
Las compraventas de la nuda propiedad de viviendas echaron el freno en 2024. Según el Anuario de los Registradores de la Propiedad, durante el pasado ejercicio se contabilizaron 1.817 operaciones en toda España, lo que se traduce en una caída del 1,5% interanual, lo que rompe con tres años consecutivos al alza. "La reactivación de los precios y una expectativa favorable con respecto a la evolución de esta variable parece haber enfriado dicho crecimiento", explican los registradores. Comunidad Valenciana fue la región con más transacciones, seguida de Andalucía y Madrid, mientras que Navarra y Cantabria cerraron el ranking.
Cancelar una hipoteca no solo implica liquidar la deuda pendiente con el banco, sino también asumir una serie de trámites y costes asociados.
El alquiler con opción a compra es una opción que cada día más personas se plantean, ya que permite vivir de alquiler en la casa que quieres comprar, mientras las rentas pagadas se van descontando total o parcialmente de su precio final. Sin embargo, conviene conocer de antemano los gastos e impuestos que implica esta modalidad de contrato, como una fianza, garantías adicionales, ciertos gastos de mantenimiento, como la cuota de la comunidad o el IBI, y gastos notariales al comprar la casa.
En la compraventa de una vivienda, además de la cuantía en sí del inmueble, el proceso lleva asociados unos gastos documentales de notaría, registro de la propiedad, impuestos, entre otros.La duda surge cuando no sabemos qué gastos de la compraventa de vivienda corresponden al comprador o al vendedo