La relación entre propietario y coliver no cuenta con normativa específica (a salvo de Cataluña y Madrid que aún está pendiente de que la CAM ratifique la nueva normativa), lo que nos lleva al marco de la libertad de pactos, con pleno respeto a la normativa en materia de consumidores y usuarios (normativa estatal y autonómica, que en general está más bien orientada a los bienes muebles y a las viviendas para venta), según Lourdes Barriuso, abogada en derecho inmobiliario en Barriuso Legal. Así, considera idóneas especialmente las disposiciones en materia de consumidores y usuarios prevista para los arrendatarios de vivienda para aplicarlas analógicamente.