Nueva subida anual para los contratos de alquiler de vivienda permanente que se realizará por debajo de la tasa de inflación. El último índice IRAV, que publica el INE y correspondiente al mes de junio, aplicará una subida del 2,1% a los contratos firmados después del 26 de mayo de 2023. De media supondrá una subida de 230 euros anuales. Para los arrendamientos firmados antes de la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, se seguirá aplicando el pacto entre las partes, generalmente con un incremento vinculado al IPC, que en el sexto mes de año cerró en el 2,3%.
Los contratos del alquiler permanente firmados tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda en mayo de 2023 a los que les toque su renovación anual (si consta en el contrato) podrán aplicar una subida del 1,99%, tras es último índice IRAV que publica el INE, correspondiente al mes de mayo. Este incremento de la renta supondrá un aumento de unos 215 euros al año, repartidos en las 12 mensualidades. Para los arrendamientos previos a mayo de 2023, se seguirá aplicando el pacto entre las partes, que por lo general actualiza la renta anual con el IPC, cuyo último dato publicado del quinto mes del año fue del 2%.
Aquellos contratos de alquiler de vivienda permanente firmados tras mayo de 2023 (Ley de Vivienda) y que ahora les corresponda renovar su renta anual, si consta en el texto, podrán aplicar una subida del 1,98%, tras la publicación del último dato del índice IRAV del INE correspondiente a marzo. Para los arrendamientos previos al 26 de mayo de 2023, se seguirá aplicando el pacto entre las partes, que por lo general actualizan la renta anual con el IPC, cuyo último dato publicado es del 2,3%.
Los contratos de alquiler habitual firmados tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda (mayo de 2023) a los que les toque renovar ahora su renta anual podrán aplicar una subida del 2,08%, tras la publicación del último dato del índice IRAV del INE correspondiente a febrero, y si la actualización consta en el contrato. Una subida por debajo de la inflación. Para los arrendamientos previos a mayo de 2023, se seguirá aplicando el pacto entre las partes, que por lo general si actualiza la renta anual con el IPC, cuyo último dato publicado es del 3%.
Los contratos de alquiler permanente firmados tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda (mayo de 2023) que tengan su actualización anual durante este mes podrán aplicar una subida del 2,19%, tras la publicación del último dato del índice IRAV del INE correspondiente a enero, y según lo que conste en dicho acuerdo. Para los arrendamientos previos a mayo de 2023, seguirán aplicando el pacto entre las partes, que por lo general actualiza la renta anual con el IPC, que cerró el primer mes del año en el 2,9%, o con el IGC (nunca por encima del 2%).
Los alquileres firmados tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda (mayo 2023) que tengan que actualizar su contrato en los próximos días podrán aplicar una subida del 2,28%, tras la publicación del índice IRAV del INE correspondiente a diciembre, según lo que conste en el contrato. Para los arrendamientos previos a la Ley de Vivienda, seguirán aplicando el pacto entre las partes, que por lo general actualiza la renta anual con el IPC, que cerró 2024 en el 2,8%, o el IGC, que ronda el 0%.
El dato definitivo de la inflación de julio (2,8%) confirma que los contratos de arrendamiento de viviendas que renueven durante este agosto tendrán que calcular el incremento sobre el IPC, y no por el tope del 3% decretado por el Gobierno en la Ley de Vivienda para mitigar la subida de los alquileres, como ya ocurrió en marzo pasado. La LAU incide que ninguna subida de la renta puede ser superior a la tasa de inflación. Con este incremento, el alquiler medio pasará a 822 euros al mes, con un aumento de unos 265 euros anuales, según los cálculos de idealista/data para una vivienda tipo piso de dos habitaciones.
Los alquileres que renuevan su contrato este mes de julio seguirán anotándose una subida limitada al 3%, desde que el Gobierno estableciera el tope a la subida de rentas en abril de 2022. Como resultado, el arrendamiento de un piso tipo de dos habitaciones pasará a pagar de media 824 euros al mes a nivel nacional, lo que supone cerca de 290 euros más al año, según idealista/data. Barcelona, Palma, San Sebastián y Madrid, con rentas medias por encima de los 1.000 euros/mes, registrarán incrementos que van de los 380 a los 430 euros más al año. Descubre las 10 capitales donde más subirán los precios del alquiler en julio.
Los alquileres a los que les toque renovar en junio con el tope del 3% tendrán unas rentas entre 60 y 90 euros anuales más bajas que si siguieran actualizando el contrato anual con el IPC (3,6%). Con este incremento de tres puntos, el alquiler medio de un piso tipo de dos habitaciones pasará a pagar 824 euros al mes a nivel nacional, lo que supone una subida cercana a los 290 euros anuales. Las ciudades de Barcelona, Palma y San Sebastián registrarán incrementos que rondan los 400-430 euros al año, por delante de Madrid o Valencia (de 350 a 360 euros de subida anual).
Los propietarios e inquilinos que no hayan llegado a un acuerdo entre partes para la subida anual prevista en todos los contratos de arrendamiento de vivienda habitual durante este mes de mayo tendrán un incremento del 3% anual, tal y como contempla la Ley de Vivienda, que supondrá unos 288 euros más al año, según los cálculos de idealista. Apenas se notará una diferencia de 24 euros frente a la actual inflación, que en abril cerró en el 3,3%, según el INE. Los alquileres en ciudades como Palma, Barcelona, San Sebastián o Madrid registrarán los mayores aumentos, por encima de los 360 euros al año.
Los contratos de arrendamiento a los que les corresponda su renovación anual durante este mes de abril volverán a estar limitados a una subida del 3%, según el tope impuesto por el Gobierno desde finales de marzo de 2022, y que lleva en vigor dos años. Propietarios e inquilinos apenan notarán la diferencia con el actual IPC, que en marzo cerró en el 3,2%, lo que supone una diferencia de 24 euros al año entre un índice y otro. En este tiempo, el tope llegó a ser del 2% en momentos de inflación superiores al 10%, y a partir de 2025 habrá un nuevo Índice de precios del alquiler.
El dato definitivo de la inflación de febrero, que ha cerrado en un 2,8%, confirma que los contratos de arrendamiento a los que les toque su renovación anual durante este mes de marzo tendrán que calcular el incremento sobre este dato, y no por el actual tope del 3% impuesto por el Gobierno para mitigar la subida de los arrendamientos. El precio medio del alquiler pasará a ser de unos 812 euros al mes, con un aumento de unos 265 euros anuales, según los cálculos de idealista/data para una vivienda tipo piso de dos habitaciones. Son casi 25 euros menos al año que si se hubiera actualizado con el límite del 3%.
El límite del 2% aplicado desde abril de 2022 en la actualización de los contratos de alquiler de viviendas llega a su fin el próximo 31 de diciembre, para dar paso a un nuevo tope del 3% de incremento durante 2024, según la Ley de Vivienda. Este noviembre, a los alquileres a los que les toque renovar su renta verán una subida media de 180 euros anuales (15 euros/mes), lo que supone 135 euros menos de haber seguido vinculada la renta al IPC (3,5%).
Los contratos de alquiler de viviendas a los que les toque la revisión anual de su renta este octubre seguirán limitados al 2%, salvo acuerdo entre las partes. Con este tope, el incremento del alquiler medio será de unos 180 euros más al año, con diferencias entre capitales. De seguir vinculadas a la inflación, con el último IPC de septiembre (3,5%), las rentas habrían subido unos 315 euros anuales de media, alrededor de 135 euros de diferencia. En Barcelona, Madrid o San Sebastián, las distancias entre la actual renovación del 2% y la inflación son mayores, por encima de los 230 euros/año.
Se cumplen 18 meses de la puesta en marcha del tope del 2% a la subida de las rentas del alquiler de viviendas en la renovación anual de sus contratos. Con este límite impuesto, el incremento de un arrendamiento medio se quedará en unos 180 euros más al año, según idealista. Tras conocerse el dato definitivo del IPC de agosto (2,6%), la diferencia entre uno y otro índice será de algo más de 50 euros anuales a nivel nacional. En ciudades como Barcelona (80 euros/año), San Sebastián, Madrid o Palma (los tres con alrededor de 70 euros/año), la aplicación de este tope supondrá mayores diferencias con la inflación.
El dato definitivo del IPC de junio (1,9%) publicado por el INE confirma que la inflación se encuentra ligeramente por debajo del tope máximo del 2% establecido por el gobierno de Pedro Sánchez desde marzo de 2022 para la renovación anual de los contratos de alquiler de vivienda. Esa décima de distancia supone apenas una diferencia de 9 euros anuales de media para un alquiler tipo de dos habitaciones en España, según idealista, pero abre la puerta a la discusión de qué índice se aplica ahora. El Mitma defiende que la LAU confirma que el tipo que se aplique nunca podrá ser superior al IPC, y los expertos que la Ley de Vivienda y los decretos ante la guerra en Ucrania han dejado fuera a la inflación de la actualización de rentas.
El dato adelantado del IPC de junio (1,9%) publicado por el INE ha dejado la particularidad de que, por primera vez desde abril de 2022, la subida limitada del 2% en la renovación anual de los contratos de alquiler resultará más alta que la propia tasa de inflación. Esa décima de más supone apenas 9 euros de diferencia anuales de media para un alquiler tipo de una vivienda de dos habitaciones en España, pero habrá que esperar si esta tendencia continuará en los próximos meses. Recordamos que el tope del 2% seguirá en vigor hasta finales de 2023 y que a partir de 2024 la renovación anual de los contratos de alquiler tendrá un límite del 3% de subida.
Nuevo paso delante de la Ley de Vivienda del Gobierno del PSOE y Podemos, que tras un año encallada en el Congreso de los Diputados resurge a poco más de un mes de las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo. A falta de la votación en el Senado, la normativa trae el control de los alquileres en las zonas que se declaren tensionadas, un nuevo índice de referencia para actualizar las rentas y la reducción de la declaración de gran tenedor a cinco pisos en esas áreas de precio limitado. La oposición y el sector destacan que se olvida de los okupas y alejará a la oferta en arrendamiento.
Entre las medidas del Gobierno para luchar contra la inflación y las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania, ha decidido un aplicar un límite del 2% en la actualización anual de la renta de los contratos de vivienda habitual entre el 31 de marzo y el 30 de junio. Tras su publicación en el BOE, apuntamos las claves y resolvemos las principales dudas para propietarios e inquilinos.
El tope establecido a la subida de los alquileres de viviendas durante los próximos tres meses suma una nueva crítica del sector inmobiliario, que lleva destacando desde hace tiempo la inseguridad jurídica en el mercado libre del alquiler con la Ley de Vivienda o el control de alquileres en Cataluña. El límite del 2% en el incremento de la renovación de rentas costará 560 millones a los propietarios, fomentará la retirada de stock del mercado y, por lo tanto, una subida de los precios del alquiler.
El Gobierno ha aprobado las medidas del plan para hacer frente a los efectos de la guerra en Ucrania que alcanzará los 16.000 millones de euros, y ya están publicadas en el BOE. La mayoría van encaminadas a reducir en los próximos tres meses el gasto de los hogares, como la bonificación en el combustible o los cambios en el mercado de la electricidad para abaratar la factura. Para el arrendamiento de viviendas, la renovación de los contratos se desvincula de la tasa del IPC hasta el 30 de junio, para dejarlo en una subida máxima del 2%.
Los inquilinos a los que les toque la revisión anual de su contrato de arrendamiento en enero verán aumentar su alquiler mensual en unos 41 euros de media, según el estudio realizado por idealista, tras la subida del 6% interanual del IPC adelantado en el primer mes de 2022. El precio mediano en España de un alquiler de un piso de dos habitaciones pasa a 731 euros/mes, lo que supone 500 euros al año más. Los arrendatarios que revisen en San Sebastián y Bilbao (ambos con 612 euros más al año), Barcelona (594 euros más) y Madrid (576 euros más) serán los que más van a notar la subida de sus rentas, aunque menos que quienes revisaron en diciembre.
Tras la subida récord del IPC del 6,5% interanual en diciembre, concretado en el dato definitivo de la inflación publicado por el INE, a los inquilinos que les haya tocado la revisión anual de su contrato de arrendamiento verán aumentar su alquiler mensual a partir de ahora en unos 44 euros de media, según el estudio realizado por idealista [empresa editora de este boletín]. Pero si en el contrato de arrendamiento no se ha establecido nada relacionado con la revisión de las rentas, el propietario no podrá actualizar el alquiler. En caso de que sí esté contemplado, el casero no puede subir la renta más del IPC.
Tras la subida récord del IPC del 6,5% interanual en diciembre, concretado en el dato definitivo de la inflación publicado por el INE, a los inquilinos que les haya tocado la revisión anual de su contrato de arrendamiento verán aumentar su alquiler mensual a partir de ahora en unos 44 euros de media, según el estudio realizado por idealista. El precio mediano en España de un alquiler de un piso de dos habitaciones pasa a 724 euros/mes, lo que supone unos 530 euros al año. Los arrendatarios que revisen su alquiler en San Sebastián (700 euros más al año), Barcelona y Madrid (ambos con 625 euros más al año) y serán los que más van a notar la subida de sus rentas.
Los inquilinos a los que les toque la revisión anual de su contrato de arrendamiento en diciembre verán aumentar su alquiler mensual en unos 46 euros de media, según el estudio realizado por idealista, tras la subida récord del 6,7% interanual del IPC en el último mes del año. El precio mediano en España de un alquiler de un piso de dos habitaciones pasa a 726 euros/mes, lo que supone más de 550 euros al año. Los arrendatarios que revisen en San Sebastián (720 euros más al año), Barcelona y Madrid (ambos con 648 euros más al año) y Bilbao (624 euros más al año) serán los que más van a notar la subida de sus rentas.
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