El Registro de la Propiedad es una institución pública que incluye todas las informaciones que hacen referencia a un inmueble y su titularidad legal. Allí queda inscrito cualquier cambio en la propiedad de la vivienda, pero también el estado de su situación legal, como hipotecas, embargos, transmisiones, adjudicaciones hereditarias, etc.
Cuando compramos una casa, una de las gestiones que debemos realizar es la inscripción de la misma en el Registro. Aunque no se trata de un trámite obligatorio por ley, sí que es muy recomendable, ya que nos ofrece una serie de ventajas y beneficios como propietarios. Te comentamos todo lo que necesitas saber sobre este proceso de registro.
¿Qué hace falta para registrar una vivienda?
Para inscribir una vivienda en el Registro basta con seguir cuatro sencillos pasos:
- Deberás estar en posesión de una copia autorizada ante notario de la escritura pública de venta
- Tendrás que tener el impreso de autoliquidación que justifique el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) correspondiente a tu comunidad autónoma
- Poseer la justificación de haber presentado el documento para el pago de la plusvalía municipal
- Presentar estos documentos de forma presencial en la Oficina Registral en cuyo territorio se encuentre la vivienda adquirida o bien de forma telemática, directamente por el notario ante el cual se otorgue la escritura
El plazo para realizar la inscripción en el Registro de la Propiedad es de 15 días hábiles desde la firma de la escritura. El registrador comprobará que el contrato se ha celebrado con todos los requisitos que establece la ley y, si no hay defectos que impidan su inscripción, se llevará a cabo.
¿Cuánto cuesta registrar una propiedad?
Antes de nada, para saber cuánto vas a tener que pagar para inscribir tu vivienda en el Registro de la Propiedad deberás conocer el valor catastral del inmueble, ya que las tarifas establecidas dependen del valor que le otorguen las escrituras, estipuladas en el Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre:
Valor del inmueble | Tarifa |
El valor de la finca no excede de 6.010,12 euros | 24,04 euros |
Entre 6.010,13 y 30.050,61 euros | 1,75 euros adicionales por cada 1.000 más de valor |
Entre 30.050,62 y 60.101,21 euros | 1,25 euros adicionales por cada 1.000 más de valor |
Entre 60.101,22 y 150.253,03 euros | 0,75 euros adicionales por cada 1.000 más de valor |
Entre 150.253,04 y 601.012,10 euros | 0,30 euros adicionales por cada 1.000 más de valor |
Si supera los 601.012,10 euros | 0,20 euros adicionales por cada 1.000 más de valor |
Cabe destacar que el coste total nunca será inferior a 24,04 euros ni superior a 2.181,67 euros.
¿Cómo calcular el precio del Registro de la Propiedad?
Imagínate que acabas de comprar una vivienda por valor de 100.000 euros. Teniendo en cuenta las tarifas mencionadas anteriormente, el coste total es la suma de estos importes:
24,04 + 42,07 + 37,56 + 29,92 = 133,59 euros
Los primeros 24,04 euros harían referencia a los primeros 6.010,12 euros y los siguientes tres valores corresponderían a las siguientes escalas de precios, hasta llegar a los 100.000 euros.
133,59 euros sería el coste máximo que te puede cobrar el registrador por inscribir tu vivienda de 100.000 euros.
Diferencia entre Catastro y Registro de la Propiedad
Existen importantes diferencias entre el Catastro y el Registro de la Propiedad en España:
- El Catastro depende del Ministerio de Hacienda, mientras que el Registro de la Propiedad está vinculado al Ministerio de Justicia
- La inscripción en el Catastro es obligatoria para todos los inmuebles, mientras que registrar una propiedad en el Registro es voluntario, aunque recomendable
- El Catastro tiene una finalidad principalmente fiscal y de planificación territorial; por su parte, el Registro de la Propiedad se centra en proporcionar seguridad jurídica sobre la titularidad y derechos reales de los inmuebles
- El Catastro incluye una descripción exhaustiva de la realidad física de las fincas, incluyendo detalles como la diferencia entre metros útiles y construidos, mientras que el Registro de la Propiedad contiene una descripción literal de los inmuebles y se enfoca en la identidad del propietario y las cargas sobre la propiedad
- Los datos de titularidad en el Catastro son reservados, y la información en el Registro de la Propiedad está abierta a consulta pública para quienes tengan un interés legítimo
- El Registro de la Propiedad tiene validez a efectos jurídicos y ofrece seguridad jurídica, sin embargo, el Catastro confiere valor a efectos fiscales y vincula a la hora de tributar impuestos
- En términos de autoridad legal, el Registro de la Propiedad tiene mayor peso que el Catastro; si los datos entre ambos no coinciden, prevalece la información del Registro de la Propiedad
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