No siempre la voluntad de la mayoría basta. Así lo ha confirmado el Tribunal Supremo en una sentencia que pone freno a los intentos de algunas comunidades de vecinos de imponer el pago del ascensor a quienes, durante años, habían estado exentos. La STS 1002/2025, de 25 de junio, dictada por la Sala de lo Civil, sienta doctrina sobre una cuestión que afecta a miles de comunidades en España: ¿puede la junta de propietarios revocar un pacto histórico, adoptado por unanimidad, sin contar con el consentimiento de los afectados? La respuesta, al menos en este caso, es clara: no.