El Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) publica este 23 de abril la orden del Consejero de Vivienda y Agenda Urbana, Denis Itxaso, por la que se declara al municipio guipuzcoano de Irún y al vizcaíno de Baracaldo como zonas de mercado residencial tensionado. Estas declaraciones serán definitivas después de que sea publicada por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En el caso de Irún, el BOPV detalla que el pasado 30 de octubre se presentó acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 23 de octubre, por el que se solicita al Departamento de Vivienda del Gobierno Vasco la incoación del procedimiento de declaración de zona tensionada del municipio fronterizo, de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
Así, con la publicación de la orden se dio inicio al procedimiento para la declaración de Irún como zona de mercado residencial tensionado. De este modo, se sometió el procedimiento al trámite de información pública mediante su publicación en el BOPV y en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Gipuzkoa (BOG) durante un plazo de veinte días hábiles, en el que las personas interesadas podrán presentar alegaciones.
El Consistorio irundarra contó también con un plazo de audiencia de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a su notificación. Así, habiendo transcurrido el plazo de los trámites de audiencia a interesados e información pública, no se ha presentado alegación alguna en tiempo y forma, por lo que el Gobierno Vasco ha procedido a declarar el municipio de Irún como zona de mercado residencial tensionado de conformidad con lo dispuesto y a los efectos previstos en el artículo 18.2 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la Vivienda.
En el caso de Baracaldo, el BOPV indica que el 26 de diciembre de 2024 el Ayuntamiento presentó el documento de mejoras voluntarias en la solicitud de declaración de zona de mercado residencial tensionado del municipio, ampliando el plan específico de medidas y la memoria justificativa, mediante la incorporación de las indicaciones establecidas en el requerimiento remitido por la Dirección de Planificación y Procesos Operativos de Vivienda del Gobierno Vasco.
Apenas 20 pisos disponibles para alquilar
Ambos municipios cuentan con una oferta de alquiler muy reducida. En idealista hay actualmente tres anuncios de pisos en arrendamiento en Irún, con un precio medio de 14,38 euros/m2/mes; y 17 en el caso de Baracaldo, con un precio medio de 14,59 euros/m2/mes.
Otras zonas tensionadas en España
La localidad guipuzcoana y la vizcaína siguen los pasos de San Sebastián. El Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) publicó el pasado 12 de marzo la orden del consejero de Vivienda y Agenda Urbana, Denis Itxaso, por la que se inicia el procedimiento de declaración de San Sebastián como zona de mercado residencial tensionado.
Una vez que se Irún y San Sebastián se unirán al municipio de Rentería, que ya cuenta con la declaración de zona de mercado residencial tensionado. También se espera que Bilbao y Vitoria lo soliciten próximamente, al igual que otros municipios de menor tamaño, como Galdácano (Vizcaya), Zumaya (Guipúzcoa) y Lasarte-Oria (Guipúzcoa).
Por ahora, Cataluña, con más de 270 municipios declarados, y País Vasco, son las únicas comunidades autónomas donde se aplica. Navarra ha iniciado los trámites para declarar otros 21 municipios de la Comunidad Foral como zonas de mercado residencial tensionado.
Qué implica la declaración de Irún como zona tensionada
La declaración de una población como zona de mercado residencial tensionado implica que los precios de los alquileres estarán sujetos a una serie de restricciones:
- En nuevos contratos a nuevos inquilinos de pequeños propietarios, el precio se limitará a la renta del contrato anterior (subida el porcentaje que marque el índice de precios que publique el INE).
- Si la vivienda en alquiler pertenece a un gran tenedor, el preció tendrá que establecerse a partir del Índice de Referencia de Precios que publica el MIVAU. Lo mismo ocurre si la vivienda no se alquila desde hace cinco años, nunca se ha arrendado o estaba vacía, fuera de un gran tenedor o pequeño propietario.
- Posibilidad de una prórroga extraordinaria para los inquilinos que tengan contrato en vigor tras la finalización del mismo por un periodo máximo de tres años, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor.
- Se considera gran tenedor a aquellos titulares de 5 o más inmuebles urbanos de uso residencial, frente a los 10 inmuebles del resto de zonas.
- Se otorgarán también incentivos fiscales para el alquiler de larga duración en las zonas tensionadas. Existen bonificaciones en el IRPF de entre el 50 y el 90%.
- Para los contratos en vigor en zonas tensionadas, la actualización anual de los contratos seguirá lo que marca la Ley de Vivienda para todo el territorio nacional. Los contratos firmados tras esta ley (mayo 2023) renovarán en base al nuevo Índice IRAV que publica el INE. Para los contratos firmados antes de esta ley, de forma general se actualizará la renta según la inflación (IPC).
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