Vivienda vacía: qué gastos se pueden deducir entre dos contratos de alquiler
La Dirección General de Tributos (DGT) ha aclarado qué gastos puede deducir el propietario de una vivienda que permanece vacía entre dos contratos de alquiler. La entidad distingue entre los de reparación y conservación, siempre que se cumplan determinados requisitos, y otros gastos de carácter anual, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), cuya deducción solo procede en proporción al tiempo en que el inmueble ha estado efectivamente arrendado. Con carácter general, los ingresos obtenidos por arrendar una vivienda tributan en el IRPF como rendimientos del capital inmobiliario.