
El Real Decreto-ley para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar entra en vigor este 9 de septiembre, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Las empleadas del hogar podrán empezar a cotizar por la prestación de desempleo a partir del 1 de octubre. También se mantienen o amplían los beneficios en la cotización para las personas que tengan contratado a un trabajador al servicio del hogar con una reducción del 20% en la aportación a la cotización a la Seguridad Social. Asimismo, se prevé una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía.
Según los datos oficiales del Ministerio de Trabajo, hay dadas de alta 373.000 personas empleadas del hogar. De ellas, más de 356.000 son mujeres. Casi un 35% del total, es decir 130.000 trabajadoras, tienen más de 55 años, mientras que apenas un 4,5% de ellas, solo 17.000, son menores de 30 años.
Además, el 44% de las trabajadoras son extranjeras, mientras que en el resto de sectores la media de este colectivo es del 10%, tal y como aclaró la ministra Yolanda Díaz. Las nacionalidades que predominan son colombiana, rumana y hondureña. Cabe destacar que existe también una distribución desigual en el territorio nacional, concentrándose la mayoría de los trabajadores en la Comunidad de Madrid, con un 27% del total.
Sin embargo, esta cifra de afiliados no refleja al 100% la realidad de un sector donde sigue dándose el trabajo por horas, sin dar de alta en la Seguridad Social, pese a que se está obligado a ello desde la primera hora de trabajo. Según la última encuesta de población activa (EPA), 545.700 personas estaban ocupadas en el sector doméstico y la gran mayoría eran mujeres (487.500). Esto supone que al menos 172.580 personas están empleadas de forma sumergida, es decir, sin que figuren cotizando en la Seguridad Social.
Empleadas del hogar: nuevas condiciones laborales
Estos son los principales puntos aprobados en el Real Decreto-ley:
- A partir del 1 de octubre, las personas trabajadoras al servicio del hogar empezarán a cotizar por la prestación por desempleo, además de todas las prestaciones asistenciales disponibles en el ordenamiento jurídico laboral como la cobertura en el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) en caso de insolvencia o en la prevención de riesgos laborales y formación.
- Se expulsa del ordenamiento jurídico el desistimiento en caso de despido, dándoles protección ordinaria. Se incorpora también el derecho de información o de formalidad de contratos por escrito.
- El decreto establece que los empleadores asumirán las obligaciones en materia de cotización para los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas al mes por empleador, eliminándose así la posibilidad de que sean los trabajadores los que soliciten directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos.
Ayudas por contratar empleada del hogar
Por el lado de los empleadores, en su mayoría familias:
- Se mantienen las bonificaciones y ayudas para las familias que tengan contratada a una empleada del hogar con una reducción del 20% en la aportación a la cotización a la Seguridad Social, y se añaden nuevas como una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al Fondo de Garantía.
¿Cuánto aumentará el pago a una empleada de hogar?
La cotización por desempleo y para el fondo de garantía salarial de las las empleadas del hogar supondrá un aumento de la cuota de unos 4,49 euros al mes para retribuciones de 500 euros y de 31,38 euros para salarios de 1.166,70 euros, de acuerdo con los ejemplos de la Seguridad Social.
Aún así, se retrasa hasta el 1 de abril de 2023 la entrada en vigor de los apartados 2 y 3, así como el párrafo segundo del apartado 4 de la disposición adicional primera, relativas también a las bonificaciones a las cotizaciones a la Seguridad Social y la letra b de la disposición derogatoria única sobre la protección de las familias numerosas.
Esto se debe a que en el plazo 6 meses, el Ministerio de Trabajo y Economía Social junto al Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dirigido por José Luis Escrivá, formalizarán un nuevo reglamento con las nuevas tipologías familiares y requisitos de renta y patrimonio para el despliegue de esta medida.
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