La venta del copropietario de parte de la vivienda al otro, exenta de IRPF aunque se haya revalorizado
La extinción de condominio está a la orden del día. Se trata de la venta por parte de uno de los propietarios de parte de la vivienda y que el que se quede con ella compense en metálico. Sobre esta materia hay dos sentencias novedosas del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que consideran que ni el que se queda con la casa ni el que vende su parte tienen que pagar el IRPF. Y tampoco deberá pagarse IRPF aunque el valor del inmueble se haya actualizado.