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Hacienda ‘penaliza’ a quien venda barato un piso y le exige que pague más IRPF
GTRES

Si has comprado o heredado una casa a un precio “chollo”, Hacienda te penaliza al exigirte pagar más de ITP o Impuesto de Sucesiones. Pero si has vendido “barato” un piso, el fisco también te castiga. ¿Cómo? Obliga a los contribuyentes a tributar por una ganancia patrimonial en su IRPF superior a la declarada, porque considera que el valor de escritura no es el de mercado.

Cuando se vende una casa, el vendedor debe declarar en su IRPF la ganancia o pérdida patrimonial obtenida, por la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión. Éste último, es el efectivamente satisfecho en la operación, salvo que sea inferior al de mercado. Y para comprobar si hay diferencia de precio, Hacienda se basa en los valores comprobados por las Comunidades Autónomas a los contribuyentes, que han comprado o heredado un inmueble a un precio inferior al que estima la CCAA correspondiente. Y ello, para cobrarles más ITP o Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD).

José María Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico, aclara la situación con un ejemplo. Si un contribuyente vendió por 150.000 euros, pero este valor ha sido comprobado en el ITP del comprador, y se ha fijado en 250.000 euros, éste es el valor por el que el que Hacienda considera que debió declararse la compraventa del inmueble también en el IRPF.

Por tanto, el comprador tendrá que pagar más ITP y el vendedor tendrá que pagar más IRPF porque la ganancia patrimonial será mayor, según Hacienda. “Y todo ello, porque considera que el inmueble tiene un valor de mercado superior al de escritura. En definitiva, por haber vendido ‘barato’”, señala el abogado.

Puede hacerlo, pero no de forma automática y generalizada, según José María Salcedo. La razón es que el valor a declarar en el ITP y en el IRPF es distinto. En el primero, es el valor real del inmueble, y en el segundo, el valor de transmisión se corresponde con el valor de mercado (si es superior al satisfecho). Y valor real y valor de mercado no sonsiempre lo mismo.

“Ambos valores, aunque equivalentes, no son plenamente asimilables, ni en todos los casos. Y es que, aunque en principio el valor de mercado de un inmueble debiera reflejar lo que éste vale en realidad, no siempre será así. El valor de mercado se ve continuamente afectado por la oferta y la demanda existente”.

Por ello, Salcedo asegura que el técnico competente de la Agencia Tributaria deberá justificar en cada caso que el valor real extraído de la comprobación de valores de ITP realizada, se corresponde con el valor de mercado del inmueble.

“Esto será especialmente necesario cuando el valor real en el ITP se haya determinado utilizando alguno de los métodos de comprobación de los previstos en el artículo 57.1 de la Ley General Tributaria que, por su metodología, no tienen en cuenta las circunstancias específicas de cada inmueble (coeficientes sobre el valor catastral y precios medios en el mercado, por ejemplo)”, añade.

Con todo, el contribuyente al que Hacienda exija pagar más de IRPF podrá solicitar la tasación pericial contradictoria y, por consiguiente, pedir la suspensión de la deuda tributaria, mientras recurre.

Qué puede hacer el contribuyente afectado

En estos casos, Hacienda notificará normalmente al contribuyente el inicio de un procedimiento de comprobación limitada. Y es que dentro de estos procedimientos es posible llevar a cabo actuaciones concretas de comprobación de valores. No obstante, en el procedimiento de comprobacion limitada la Administración no puede llevar a cabo actuaciones fuera de las oficinas de la Administración Tributaria. Entonces, ¿cómo llevar a cabo la obligatoria visita del perito requerida en estis casos?

Dicho procedimiento concluirá con una liquidación, que es la que podrá recurrir el contribuyente, primero ante el TEAR y, si hiciera falta, ante el Tribunal Superior de Justicia competente.

Salcedo aconseja que el contribuyente recurra, porque la comprobación de la ganancia patrimonial obtenida se basa en las valoraciones hechas en expedientes de comprobación de valores, que están siendo masivamente anuladas en los Tribunales, tanto judiciales como administrativos.

Además, hay que recordar que la visita del perito al inmueble comprobado es obligatoria y dicha valoración debe estar motivada e individualizada. “No recurrir estas valoraciones y darlas por buenas (tanto el comprador en su ITP, como el vendedor en su IRPF), supone hacerle un auténtico regalo a Hacienda”, sentencia Salcedo.

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20 Comentarios:

Cesar
12 Octubre 2018, 9:37

Es una vergüenza, yo me encuentro ahora en esa situación pero es que encima tienen el valor de la tasación como método pericias ya en la C. Madrid se informa. Encima mi casa es obra nueva y el precio es el que te pone el promotor y sobre el que se paga IVA. Me siento indefenso y me quieren cobrar más ITP como si no hubiese pagado suficiente (10%iva+0,75% ITP).

joebodymods
12 Octubre 2018, 16:40

Lo que no llego a entender es como aun nadie a quemado hacienda con sus gentes a dentro, hacienda merece ser tiroteada y quemada, ahora alguien dira que este comentario esta fuera de lugar, si lo piensas bien cuanta gente MATA Y CONDENA en vida hacienda? la pregunta del millon, los ladrones que trabajan en hacienda tributan? declaran todo correctamente? quien controla hacienda? solo puedo desearles que mientras duermen sus casa se quemen con ellos dentro.

cristinacg1986
12 Octubre 2018, 16:49

Es tremendo la falta de capacidad para todo en este país. En especial para los que trabajan en el o para el Estado. Increíble que se aplique una legislación obsoleta ya que, ahora mismo no hay problemas de especulación precisamente. Segundo cada uno tiene derecho a vender su propiedad por el precio que le salga del mingo, con perdón. Otra cosa es blanquear capital (ocupense de los que evaden impuestos no de los que venden barato). Doy gracias a los que quieren vender su/s propiedades a un precio adsequible con los tiempos que corren a los que aplican normas injustas sólo puedo decirles ojalá dejen de joder al resto. . Un funcionario que no pisa ni sabe ni puede ejercer sobre las fuerzas del mercado y la propia voluntad. No es lo mismo ejercer un derecho que (vender al precio que convenga) a delinquir (me quedo parte en negro) señore si no distinguen A de B no se merece el puesto o cargo que ocupan, menos paletos al poder, gracias

Angel
13 Octubre 2018, 10:24

Esto es poner tener tanta administraciones, que han colocado a estómagos agradecidos Y cuando recurre en defensa de sus derechos comprueba personalmente que el ciudadano es utilizado para pagar y seguir pagando sin que en ningún momento sea atendido y escuchado y donde sus derechos se vulneran continuamente Pero por imposición sigue manteniendo

Aurora
14 Octubre 2018, 20:45

Desmontando a la Agencia Tributaria. Habría que denunciarla ante el CONSTITUCIONAL y verás tú la cantidad de dinero que tienen que devolver con efecto retroactivo. Vamos a por ella!!

jaau1973
15 Octubre 2018, 8:25

Lo de siempre ....En este país se impone mucho el "A pagar y callar". No tiene justificación. Cada uno compra y vende como le viene en gana, como si lo donas, como herencia.... Pero no.... hay que pagar por todo.

changel.altawabi
18 Octubre 2018, 12:41

En España el estado es una aparato diseñado para proteger a los poderosos y robar a los humildes. Pero esto no es nuevo, llevamos siglos así y nada va a cambiar porque los españoles, en lugar de ser una nación de ciudadanos, somos un pueblo de siervos y los siervos están precisamente para servir a sus amos, aunque sea despellejando a los de su misma clase. Toda la vida trabajando y pagando impuestos para terminar viendo con que desprecio y chuleria te roban . Lo sé por experiencia. España es un estado ladrón donde te obligan a ser un delincuente si quieres sobrevivir. Como dijo don Antonio Machado (que afortunadamente descansa en un país de ciudadanos y no de siervos) "no fue por estas tierras el bíblico jardín, son tierras para el águila, un trozo de planeta por donde cruza errante la sombra de Caín". El que pueda que se largue y no vuelva. Yo cometí el error de regresar a "mi país" y no hay día que no lo lamente.

Mónica Gregoris Barbolla
2 Noviembre 2018, 3:48

Voy a vender mi vivienda habitual, y me surgen ciertas dudas:
La compré en 2007 x 265.000. La vendo en 2018 x 135.000.Voy a presentar un escrito en el Ayuntamiento con la Resolución del TSJ,la Tasación de cuando la compré así como la copia de la escritura + la tasación q se ha hecho ahora + la copia de la escritura de venta.Se ve claramente una pérdida de 120.000€ +- aunq si nos vamos a lo real,x lo q la compré y la vendo, son 130.000. Pueden con todo esto obligarme a pagar plusvalía?
Me queda de pagar d la hipoteca 90.000€.Me quedarán limpios 40.000
X otro lado,voy a comprar en 2018 otra vivienda q va a ser la habitual.El coste es de 85.000 y tengo 40.000 q son los que saco de la venta de la otra vivienda.Voy a pedir una hipoteca de 45.000.Me pueden indicar por favor a q gastos tengo q hacer frente (notaría, impuestos, registro,etc)
De cara al año q viene,q es lo q me pasará con Hacienda?Me va a tocar pagar algo?Es x estar preparada
Muchas gracias.

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