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El alquiler en la Renta 2018: cómo se declara y qué deducciones hay
Campaña de la Renta 2018 idealista

La Campaña de la Renta 2018 ha dado ya el pistoletazo de salida y durará hasta el próximo 1 de julio. Como ya se puede presentar la declaración, hemos preparado un especial del alquiler para saber cómo declarar el arrendamiento paso a paso tanto si eres inquilino como casero; qué deducciones estatales y autonómicas hay disponibles, o cómo no perder las ventajas fiscales.

Inquilino

Estos son los pasos que hay que seguir para declarar el alquiler en la renta 2018

Vivir de alquiler es una opción cada vez más elegida como solución habitacional, ya sea por la situación económica o por ser una decisión personal. Y son muchos los propietarios que ponen sus viviendas en arrendamiento buscando una rentabilidad atractiva. Te explicamos de manera visual los pasos que tiene que dar tanto el arrendador como el inquilino para declarar el alquiler en la renta.

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La desgravación por compra de vivienda también se aplica en el alquiler con opción de compra

El Tribunal Supremo ha dictaminado en una sentencia reciente que las cantidades pagadas por el alquiler con opción de compra pueden incluirse en la deducción por inversión en vivienda del IRPF.

Inquilino, si no has pagado el ITP olvídate de la deducción por alquiler en Madrid

El último mes de 2018 la Comunidad de Madrid aprobó una medida que obliga a los inquilinos a pagar el ITP derivado del arrendamiento de la vivienda como condición para ser beneficiario de la deducción autonómica por alquiler. 

Así pueden inquilino y casero deducirse el alquiler de su vivienda en cada Comunidad Autónoma

La mayoría de las comunidades autónomas cuenta con deducciones fiscales para el alquiler de una vivienda, principalmente para los inquilinos, pero también hay algunas que mantienen ventajas fiscales para los caseros. Solo hay dos autonomías que no desgravan el alquiler: La Rioja y Murcia. No obstante, la mayoría premia a los jóvenes, a discapacitados o a mayores con una determinada renta. 

Arrendador

En qué casos puede el casero disfrutar de la reducción por alquiler y cómo no perderla

Para que el arrendador pueda disfrutar de la reducción el inmueble alquilado debe ser la vivienda habitual del inquilino. Además, es necesario que las rentas obtenidas tributen como rendimientos del capital inmobiliario y no como actividad económica. Te explicamos también coo no perderla. 

El riesgo que corres por no declarar en el IRPF los ingresos por el alquiler de viviendas

La Agencia Tributaria está dispuesta a castigar a aquellos contribuyentes que no declaren en el IRPF los ingresos obtenidos por el alquiler de viviendas. Y, ¿cómo? Impidiendo que puedan tributar por el 40% de los rendimientos obtenidos.   

Hacienda castiga a los propietarios de pisos turísticos sin la reducción del 60% por el alquiler

Hasta ahora los dueños de las viviendas destinadas al alquiler vacacional disfrutaban de la reducción del 60% por el alquiler en el IRPF. Sin embargo, Hacienda y el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) han resuelto que este beneficio fiscal no se aplica a los alquileres de temporada, solo a los alquileres tradicionales por no ser la vivienda habitual de los inquilinos. 

Los gastos de reparación y conservación para poner la vivienda en alquiler son deducibles

En muchas ocasiones, el arrendador debe reparar y mejorar el estado de la vivienda antes de ponerla en alquiler. La Ley del IRPF permite deducir en la Renta 2018 una serie de gastos de reparación y conservación, aunque todavía no se haya alquilado la casa.

Así tributa el alquiler vacacional 

Al igual que en un alquiler de larga temporada, el propietario también se puede deducir los gastos de una vivienda turística. Se puede deducir los gastos de suministros de luz, agua, gas..., los intereses y demás gastos financieros derivados de la compraventa de la casa, los gastos de reparación y conservación del inmueble o las primas abonadas por contratos de seguro. 

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9 Comentarios:

CARINA
12 Abril 2019, 11:28

Nunca se pudo beneficiarse con el 60% de bonificación si el alquiler no era para residencia habitual... yo he tenido una revisión del año 2016 y he tenido que pagar por haberla hecho mal...
Además los días que no está alquilado tienes que pagar.

josealza
12 Abril 2019, 19:55

Pregunto lo mismo que Juanan, alquier a estudiantes durante temporada escolar o curso completo (9 meses). Larga duración?, Turistica? Temporada? Qué régimen fiscal se aplica para obtener el descuento de 60% sobre el rendimiento neto?

Hasta el 2017 yo tuve un piso alquilado por habitaciones y lo declaré con el 60% de bonificación, recuerdo haber tenido una revisión de la renta uno de esos años y no me la quitaron. Para el inquilino de la habitación es su vivienda habitual, al menos, durante el curso... yo no tuve ningún problema.

yo
14 Abril 2019, 15:20

"cómo declarar el arrendamiento paso a paso tanto si eres inquilino como PROPIETARIO".

¡Qué manía con imponer al resto de España el lenguaje pueblerino de Madrid capital!.

Permítame decirle que en este caso el término ARRENDADOR está correctamente aplicado, ya que NO TODOS LOS PROPIETARIOS SON ARRENDADORES.
No sé de donde será usted, yo soy de Madrid y en ningún caso me considero pueblerina.

Sr. "yo", aunque tenga razón en que la palabra "casero" o "propietario" no son las más acertadas en el artículo, al menos según la RAE (esa gran desconocida), eso no implica que se deba tratar de forma peyorativa a los habitantes de una provincia por el uso de algún localismo o porque se equivoque en la redacción. En todas las provincias hay localismos y gente que usa términos incorrectos pero no por eso los vamos a llamar a todos "pueblerinos" de forma despectiva. Bastaba con señalar el error para que lo corrijan o se tenga en cuenta.

No se de donde eres pero los pueblerinos somos menos burros que tu ,aun no te has dado cuenta que estamos hablando de la declaración de renta y que en cada autonomía es diferente, no quieras imponer tu aquí las normas de tu autonomía.

Sr Mora
17 Abril 2019, 17:18

Hola, en el año 2018 estuve 8 meses como inquilino en una habitación, sin contrato de alquiler, y otros 2 meses en otra habitación, con contrato de alquiler.
Mis dudas son: ¿Puedo incluir en la declaración de la renta el alquiler de los 8 meses sin contrato? ¿Le pasaría algo al arrendador? ¿Y a mí?

Un saludo

loosy
11 Mayo 2019, 7:49

Tengo que pagar por un dinero recibido de una expropiación forzosa, como aumento de patrimonio en mi declaración?

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