Los propietarios de viviendas pueden respirar algo más tranquilos si tienen inquilinos morosos. El tribunal supremo ha dictaminado que un segundo retraso en el pago del alquiler justifica el desahucio. Esto supone un espaldarazo para el fomento del mercado del alquiler de viviendas
Para llegar al desahucio el inquilino debe haber sido demandado previamente y el contrato de alquiler debe estipular un plazo máximo de pago. Esto quiere decir que el casero debe asesorarse bien y redactar un buen contrato, estableciendo un determinado día de cada mes como el momento de pago
Lo positivo de esta sentencia es que el inquilino no podrá decidir cuándo pagar, con lo que no podrá evitar el desahucio. Con esta sentencia el tribunal supremo sienta jurisprudencia al ser la segunda sentencia en este mismo sentido
354 Comentarios:
Puede que si no hubiesen 17 autonomías con 17 gobiernos y toda la tropa de políticos, funcionarios autonómicos, secretarios, subsecretarios, consejeros, viceconsejeros,vehículos oficiales (hay más de 3.000 en España) con sus chóferes, pisos y casas para toda esa tropa de políticos (o dietas para desplazarse a sus puestos de trabajo), sindicatos enganchados a la teta y parasitando a los trabajadores (nunca he visto que luchen por mejorar el acceso a quien no trabaja, sino por mantener el puesto a quien ya lo tiene a costa de lo que sea) tu comentario tiene un cierto tufillo anticonstitucional y nostalgico del regimen que habia en este pais antes de que llegara la democracia
Y que pasa, que los que tenemos dos viviendas, nos regalan las casas?
Yo tengo dos viviendas, y a mi el banco, si un mes no le pago, lo unico que me puede decir,
Es EMBARGO.
Tu te crees que para los propietarios de dos pisos es facil pagarlas?
Para mi por ejemplo, no, ya que tengo que trabajar para poder hacerlo,
Pero claro, si puedo estar en casa de otro y no tengo que pagar,
Y que le den al dueño,
Para eso no me compro casa. Y que trabajen los demas.
Si no puedes comprar una segunda casa, no la compres.
Querias hacer el "agosto" a costa del que no tiene casa? Si quieres forrarte juega a la loto.
No me das ninguna pena.
Los banqueros estamos encantados contigo , muchas gracias
Hola Señora,
Siento su situación pero no me pase sus problemas a mí. el banco también reclama el dinero para pagar la hipoteca y si usted no me lo paga, ¿Como lo pago al banco? No es personal pero funciona así y usted tiene el compromiso de pagar sino, hay que buscar otras alternativas quizás mudar a una vivienda más económica.
Igual el propietario come de esos alquileres... si mucha gente pensara como usted, ningún propietario alquilaria su piso.
No creo que sean los propietarios quienes deben asumir esta éstos problemas sociales sino el gobierno. Si Usted no tiene recursos, que sea el Estado que le ayude y no un propietario que se ha esforzado toda la vida por tener algo, para que luego se la quiten otros y sin que nadie haga nada. Me alegro que por fin haya un poco de regulación en el asunto.
Espero por otra parte que consiga las ayudas necesarias para llevar a su familia adelante. No debe culpar a los mas afortunados de suerte.
Tener una vivienda en alquiler no significa regalada, hay inquilinos que viven mejor que los dueños, dueños que además han sido inquilinos cumplidores,que no pedian que les regalaran nada , y cuando compraron pagaban intereses del 18% , eso sí no había Internet y en lugar de pasar horas aquí hacían los trabajos que nadie quería todos los miembros de la familia(includio los menores de edad-se les habíai educado en el esfuerzo) ,de esto no hace mucho, hay gente que no se limita solo a quejarse.
Y entonces se supone que el propietario tiene que mantenerte?
Si tu vida es una kaka , no tienen porque pagarlo los demas.
Esa mujer que explica tiene tantos problemas;sueldo de 600 euros, marido en paro y padre enfermo debe pedir ayuda a los SERVICIOS SOCIALES, que para eso estan. Lo que no se puede es pretender que un particular sea el que solucione sus problemas... ya ese particular paga impuestos para que sea el estado el que decida a quien debe ayudar.
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