Casa prefabricada instalada en una parcela arrendada

Instalar una casa prefabricada sin permiso no siempre permite extinguir el alquiler

La Audiencia Provincial de Girona ha abordado un problema cada vez más frecuente: la instalación de casas prefabricadas en fincas arrendadas sin autorización del propietario. El caso arranca con un arrendamiento que incluía una pequeña vivienda de 35 m2 y una parcela de unos 700 m2, en la que el inquilino instaló una casa prefabricada sin permiso del arrendador, que decidió acudir a los tribunales. La sentencia determina que no toda obra sin consentimiento legitima al arrendador para resolver el contrato. Todo dependerá de si la actuación constituye una alteración sustancial de la configuración del inmueble o de los elementos arrendados y de si, además, presenta una verdadera vocación de permanencia.
Mazo de juez dictando una sentencia

Confirman el desahucio de un inquilino tras tirar muebles por la ventana y provocar un incendio

¿Hasta qué punto puede un propietario poner fin al alquiler por el comportamiento de su inquilino? La respuesta no depende de una simple discusión con los vecinos ni de un incidente puntual. Cuando las conductas son reiteradas o ponen en riesgo la seguridad del edificio, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) abre la puerta a resolver el contrato. Ese es precisamente el criterio que ha aplicado la Audiencia Provincial de Barcelona al confirmar el desahucio de un arrendatario que generó graves problemas de convivencia: lanzamiento de muebles desde la casa, un incendio en la cocina y episodios de gritos, golpes y ruidos.
¿Está obligado el arrendador a instalar aire acondicionado?

En estos casos la ley obliga al casero a instalar aire acondicionado

¿Está obligado el casero a instalar aire acondicionado? Hay zonas de España en las que el calor puede convertirse en un tema de salud. De ahí esta pregunta, ya que la ley de alquileres establece para el arrendador la obligación de mantener la casa habitable. Por ley, no está obligado a poner aire acondicionado, salvo que en el contrato de alquiler aparezca reflejado que el piso sí lo tenía. Existen otras opciones para climatizar una vivienda a las que podría recurrir el casero en caso de disputa, como el uso de ventiladores, instalación de estores o persianas térmicas y ventilar en las horas más frescas del día.
Puede un propietario negarse a devolver la señal

¿Puede un propietario negarse a devolver la señal?

Con la alta demanda que hay en el mercado de alquiler, ha ganado popularidad pagar una reserva para sacar el piso del mercado hasta que se formalice el contrato. Pero a veces, el inquilino puede echarse atrás por algún motivo. El propietario puede negarse a devolver la señal (reserva o arras), pero solo en determinados casos. Depende del tipo de contrato firmado, de cómo esté redactado y de las causas por las que el inquilino no sigue adelante.
Reloj de arena

Un tribunal aclara cuándo se puede recuperar una vivienda alquilada si el contrato es ‘indefinido’

El uso del término “indefinido” sigue generando controversia. Una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona aborda esta cuestión y aclara que dicha expresión no implica que un alquiler tenga carácter perpetuo. El caso parte de un contrato firmado en 1998 cuya duración se pactó como indefinida. Transcurridos más de veinte años, el propietario comunicó su voluntad de no continuar con el arrendamiento y, ante la falta de entrega del inmueble, acudió a los tribunales. El Juzgado de Primera Instancia nº 47 de Barcelona estimó la demanda de desahucio y la Audiencia Provincial confirmó esta decisión.
¿Quién debe pintar un piso alquilado, inquilino o propietario?

¿Quién debe pintar un piso alquilado, inquilino o propietario?

La pintura es uno de los elementos que más influye en la imagen y el estado de conservación de una vivienda. Sin embargo, cuando llega el momento de renovar la pintura, surge una de las dudas más frecuentes entre caseros e inquilinos: ¿quién debe asumir el coste de pintar un piso de alquiler? La respuesta no siempre es sencilla, ya que depende del motivo por el que sea necesario pintar, del estado de la vivienda y de lo que establezca el contrato de alquiler. En términos generales, el propietario tendrá que pintar el piso cuando la necesidad de hacerlo se deba al paso del tiempo y al desgaste normal provocado por el uso habitual del inmueble. La situación cambia cuando el deterioro de las paredes es consecuencia de un uso inadecuado o negligente por parte del arrendatario.
Los errores más comunes en un contrato de alquiler

Los errores más comunes en un contrato de alquiler y que te pueden costar muy caro

El primer paso para que un alquiler sea exitoso es redactar un contrato de arrendamiento claro y completo, que contemple todas las cuestiones legales y puntos que sean de interés para las partes. En este artículo recopilamos los errores más comunes en un contrato de alquiler, como establecer una duración inferior a la establecida por ley, incorporar cláusulas ilegales, como garantías económicas superiores a los límites permitidos o penalizaciones por abandonar la casa antes de tiempo.
Calculadora, calendario y tablet sobre una mesa

Condenados a pagar más de 2.300 euros por dejar un piso de alquiler antes de tiempo

Irse de un piso de alquiler antes de tiempo puede salir caro. La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a unos inquilinos a pagar una importante suma a sus arrendadores por abandonar el inmueble apenas tres meses después de firmar el contrato. La sentencia recuerda algo que muchos pasan por alto: la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no permite al arrendatario desistir del contrato de cualquier manera. Cuando decide abandonar la vivienda antes de los seis primeros meses, el propietario puede reclamar los perjuicios económicos derivados de esa salida anticipada.
Mazo de juez dictando sentencia

Alegar ‘motivos personales’ sin concretarlos no basta para recuperar una vivienda alquilada

No basta con recurrir a fórmulas genéricas cuando un propietario trata de evitar que se prorrogue el contrato de alquiler. Es lo que ha recordado la Audiencia Provincial de Madrid al revocar el desahucio de un inquilino. La sentencia analiza un conflicto relativamente frecuente: la recuperación anticipada de la vivienda al amparo del artículo 9.3 de la LAU, una excepción que permite al arrendador (siempre que sea persona física) evitar la prórroga obligatoria del contrato si necesita la vivienda para destinarla a residencia habitual propia o de determinados familiares. No basta con alegar ‘motivos personales’ en el burofax.
Archivo - Vivienda en alquiler en Bilbao (archivo)

Consumo abre expediente a otra inmobiliaria por posibles infracciones en contratos de alquiler

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha abierto un nuevo expediente para sancionar a una inmobiliaria que alquila miles de viviendas por toda España al identificar que podría estar incurriendo en diferentes infracciones. La investigación ha identificado posibles irregularidades de la inmobiliaria como la imposición de un seguro de impago y la incorporación de una cláusula de reconocimiento de negociación individualizada. Estas infracciones podrían acarrear multas de hasta 1 millón de euros. Consumo ya ratificó una multa de 3,6 millones de euros a Alquiler Seguro por vulnerar el derecho de los consumidores.
¿Si tienes que dejar un alquiler por enfermedad, pueden cobrarte el total de años que has firmado?

Dejar un piso de alquiler por enfermedad: ¿pueden cobrarte el total de años que has firmado?

Los contratos de alquiler tienen una vigencia fruto del pacto entre propietario e inquilino, pero puede darse el caso de que el arrendatario tenga que dejar el piso antes de tiempo por una enfermedad. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no lo recoge específicamente como causa de fuerza mayor, pero esto nno significa que estés completamente desprotegido si una situación de salud grave te impide seguir haciendo frente a la renta. Lo más recomendable, como primer paso, es hablar con el arrendador y explicarle la situación para intentar llegar a un acuerdo y dejarlo por escrito, así como cumplir los plazos de preaviso contemplados en la normativa.
Pablo Bustinduy, ministro de Consumo

Sumar retoma la prórroga de alquileres y los expertos alertan de un fraude de ley

Sumar vuelve a la carga con la prórroga extraordinaria del alquiler. Tras el rechazo del Congreso de los Diputados el pasado 28 de abril a esta medida aprobada por Real Decreto ley en el Consejo de Ministros, ahora el partido quiere retomar esta prórroga cuanto antes elaborando un borrador de texto esta misma semana y mediante otro Real Decreto ley. Sin embargo, se trata de una estrategia por parte del partido liderado por Yolanda Díaz que ha despertado gran sorpresa en el mundo judicial y que tira por tierra su propia “tesis oficial” de que el decreto anterior consolidó los derechos de los inquilinos a la prórroga de dos años sólo por la solicitud de la misma.
El ministro de Cultura, Ernest Urtasun, y el diputado de Sumar Enrique Santiago, durante una rueda de prensa este lunes.

Sumar retoma la prórroga de alquileres y hará una nueva propuesta de decreto con medidas para atraer a Junts

Sumar vuelve a tomar la iniciativa al margen del PSOE para intentar sacar adelante la prórroga de alquiler y enviará 'motu proprio' a los grupos en el Congreso una propuesta de decreto de vivienda de "consenso", es decir, con la opción de contemplar medidas para atraer el apoyo de Junts y PNV. Así lo ha trasladado en rueda de prensa el ministro de Cultura y portavoz de Sumar, Ernest Urtasun, para enfatizar que aspiran a retomar la prórroga de alquileres cuanto antes, elaborando un borrador de texto esta misma semana, y que su preferencia es que sea de nuevo mediante un decreto aprobado por el Consejo de Ministros.
José Ramón Zurdo, abogado y director general de ANA

La duración de los contratos de alquiler tras los últimos cambios normativos y el rechazo de la prórroga extraordinaria

Establecer la duración de un contrato de alquiler en España hoy en día se ha convertido en un auténtico laberinto jurídico. Los cambios normativos de los últimos años, incluida la no convalidación en el Congreso de la prórroga extraordinaria de dos años de Sumar, han creado un ecosistema de plazos, prórrogas y excepciones que generan una enorme inseguridad tanto en propietarios como en inquilinos. Para analizar este escenario con rigor, contamos con uno de los mayores expertos en arrendamientos y referencia en el análisis jurídico del mercado inmobiliario, José Ramón Zurdo, abogado y director general de Agencia Negociadora del Alquiler.
El 28 de abril se vota la prórroga extraordinaria del alquiler en el Parlamento

En qué momento legal debe estar el contrato de alquiler para solicitar la prórroga de dos años del Gobierno

El próximo 28 de abril el Congreso de los Diputados votará la convalidación o no del Real Decreto-ley 8/2026 que establece la prórroga extraordinaria de dos años para contratos de alquiler que venzan hasta el 31 de diciembre de 2027 y el límite del 2% en la actualización anual de las rentas. Mientras tanto, las dudas sobre qué inquilinos pueden solicitar esta prórroga crecen. Abogados como José Ramón Zurdo o Alejandro Fuentes-Lojo señalan que para acogerse a esta prórroga el contrato de alquiler debe estar ya en el plazo de las dos prórrogas legales, ya sean la obligatoria o la tácita.
Alejandro Fuentes-Lojo, abogado

Prórroga de dos años de los alquileres: cómo deben actuar propietarios e inquilinos

El pasado 22 de marzo entró en vigor en forma de Real Decreto-ley tanto la prórroga extraordinaria del alquiler para aquellos contratos que venzan antes del 31 de diciembre de 2027 como el tope del 2% en la actualización de los alquileres. Sin embargo, el riesgo de que esta norma sea tumbada en el Congreso de los Diputados es elevado, ya que el Gobierno no tiene atada la mayoría absoluta para sacarla adelante. Mientras tanto, el caos está sembrado entre propietarios e inquilinos que no saben cómo deben actuar correctamente y conforme a la ley. Entrevistamos al abogado Alejandro Fuentes-Lojo para esclarecer la situación.
Declarar alquiler

¿Cómo declarar el alquiler de vivienda en la renta 2025-2026?

La campaña de la renta es una cita fiscal clave para millones de contribuyentes, y el alquiler de vivienda es uno de los aspectos más relevantes a tener en cuenta.Inquilinos y propietarios pueden beneficiarse de deducciones y desgravaciones, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la
El actual ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy del partido Sumar

Aviso a propietarios: no todos están obligados a prorrogar los alquileres dos años

En los últimos días los medios de comunicación están publicando información contradictoria en relación con el Real Decreto ley (RDL) que establece una prórroga extraordinaria de dos años para contratos que venzan hasta el 31 de diciembre de 2027. Y desde el Ministerio de Consumo han enviado una nota de prensa asegurando que los propietarios están obligados a aceptar esta prórroga de los alquileres. Sin embargo, tanto jueces, catedráticos, como abogados consultados por idealista/news aseguran que no en todos los casos los arrendadores están obligados a ello, sólo aquellos cuyos contratos venzan durante la vigencia del RDL, ya que el Congreso de los Diputados debe convalidarlo y el Gobierno actualmente no cuenta con los apoyos necesarios para sacarlo adelante. Si decae esta medida, todos los contratos que venzan después del “no” del Congreso no podrán ser prorrogados.
Yolanda Díaz, líder de Sumar

La prórroga extraordinaria a los alquileres de Sumar podría colapsar los juzgados

La entrada en vigor el pasado 22 de marzo del Real Decreto-ley 8/2026 que prorroga dos años los contratos de alquiler de vivienda habitual que soliciten los inquilinos para los contratos que venzan antes del 31 de diciembre de 2027, abre un nuevo frente de incertidumbre en el mercado del alquiler español que podría acabar colapsando los juzgados, tal y como advierten expertos consultados por idealista/news. La medida extraordinaria está ya en vigor, pero su continuidad depende de una votación parlamentaria que aún no se ha celebrado y cuya fecha límite es el 21 o 22 de abril.
La última actualización anual de los contratos de alquiler alcanza el 2,16% de subida

La actualización anual de los contratos de alquiler alcanza el 2,16% de subida en febrero

Los contratos de alquiler que en breve tengan que aplicar su revisión anual en la renta deberán aplicar una subida del 2,16% tras la publicación del último índice mensual de referencia del alquiler (IRAV), que sirve de referencia para los arrendamientos firmados tras la Ley de Vivienda, y se traduce en una subida de unos 20 euros al mes. Para aquellos contratos firmados antes de mayo de 2023, se mantiene el IPC como índice común de referencia, que se mantiene en febrero en el 2,3%.