El Supremo, a favor del contribuyente: permite deducir más por una vivienda heredada o donada en alquiler
El Tribunal Supremo ha dado una alegría a aquellos contribuyentes que tengan viviendas en alquiler procedentes de una herencia o donación. En contra de la interpretación de la Agencia Tributaria, ha declarado en una reciente sentencia del pasado 15 de septiembre de este año, que el gasto en concepto de amortización, que los contribuyentes pueden deducir en su IRPF, debe calcularse sobre el valor real de la vivienda, declarado en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD), y no sobre el valor de los gastos y tributos satisfechos por la adquisición, tal y como estimaba Hacienda. Esto en la práctica significa que el contribuyente puede deducirse más importe.