El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha señalado en una sentencia reciente que debe quedar acreditado por parte del perito de la Administración pública que le ha sido imposible visitar la vivienda del contribuyente para comprobar la valoración de la vivienda que ha comprado o que ha heredado y así saber que ha pagado correctamente el ITP o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
El Tribunal Supremo ha cambiado el criterio sobre la valoración del ajuar doméstico en una herencia. Hasta ahora este ajuar se valoraba en el impuesto de sucesiones (ISyD) sobre el 3% de todo el caudal hereditario.
Cataluña ha dado luz verde a unos nuevos Presupuestos que contemplan una fuerte alza fiscal. En concreto, incluyen dos nuevos impuestos ambientales, una subida del tramo autonómico del IRPF para las rentas de entre 90.000 y 175.000 euros y otra en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, con el objetivo de eliminar bonificaciones.
Una operación muy habitual hoy en día en un matrimonio basado en el régimen de gananciales es la de aportar una vivienda propiedad de uno de los cónyuges. Y esta aportación puede hacerse a cambio de una contraprestación o de forma gratuita.
Muchos contribuyentes cambian su residencia habitual a otra Comunidad Autónoma que tenga mayores ventajas fiscales. Se trata de una práctica posible, pero que debe ser real. Ahora las haciendas autonómicas están cada vez más encima de estos “prófugos tributarios”, en lugar de aprobar beneficios fiscales similares a los existentes en las CC.AA. a los que se van los contribuyentes. Los impuestos más relevantes son el de Patrimonio y Sucesiones y Donaciones.
En muchas ocasiones surge la pregunta de si es mejor regalar dinero al hijo para la compra de su primera vivienda o de si es mejor hacerle un préstamo. Para cualquiera de las opciones es necesario hacer trámites y tener en cuenta los impuestos.
La donación es para el ordenamiento jurídico español un acto de liberalidad por el que una persona entrega gratuitamente una cosa a otra. Eso sí, cada vez que se produce una donación, el beneficiario del regalo debe pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Además, si lo que se dona es un inmueble, deberá pagarse la plusvalía municipal y el IRPF. Pero hay varios supuestos en los que el donante puede anular la donación de una vivienda.
El anteproyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal se encuentra actualmente en fase de aprobación parlamentaria y estará de nuevo sobre la mesa del Gobierno liderado por Pedro Sánchez.
Con la negociación de un nuevo Gobierno central, saltan los rumores sobre cómo afectará la reforma de la financiación y a una hipotética armonización de la tributación de las comunidades autónomas. El PSOE ya ha afirmado que pretende igualar los impuestos, como el de Sucesiones y Donaciones o el de Patrimonio.
Existe la creencia de que la fiscalidad de las donaciones entre parientes próximos (padres a hijos) está muy bonificada, pero todo depende de lo que se done. Si lo que se regala es un piso a un hijo, entonces esta transmisión queda gravada por tres impuestos: donaciones, plusvalía municipal e IRPF. Pero existe el pacto sucesorio, que permite la entrega de la vivienda heredada en vida y evitar estos tres impuestos. Eso sí, quien quiera llevar a cabo la transmisión de bienes inmuebles por esta vía debe darse prisa. La fiscalidad de estas operaciones podría incrementarse notablemente en los próximos meses.
Durante la presentación de los Presupuestos de la Xunta de Galicia para 2020, el presidente, Alberto Núñez Feijóo, y su consejero de Hacienda detallaron la exención del pago el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para aquellas herencias directas de menos de un millón de euros. Además rebajará el tipo fiscal sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por la compra de vivienda fuera de las ciudades, dejando el de la vivienda principal en un 5%, frente al 6% por la segunda residencia.
La Generalitat de Cataluña ultima la aprobación de una reforma fiscal que llevará aumentos en el IRPF o el impuesto de Sucesiones, más la creación de nuevos tributos verdes.
El número de renuncias a herencias ha batido récord en España. Según los datos de los notarios, durante 2018 se contabilizaron cerca de 46.680 rechazos, cuatro veces más que las que se registraron en 2007. Cataluña y Andalucía son las regiones que más renuncias registraron en 2018, mientras que Andalucía y Murcia han sufrido el mayor crecimiento desde antes del estallido de la crisis, con más de un 500%.
Este domingo 26 de mayo se celebran elecciones en 12 autonomías. Ante la llegada de los comicios, repasamos las propuestas de los principales partidos para cada región en materia de impuestos. Hay medidas para todos los gustos para el IRPF, Patrimonio, Sucesiones o el AJD. En términos generales, el bloque de centroderecha aboga por bajar los tipos actuales, mientras que la izquierda opta por endurecerlos para las rentas altas. Resumimos las claves de cada programa.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el Decreto Ley por el que modifica varios impuestos cedidos de calado.
Es habitual que cuando un particular pide un préstamo a un familiar o una empresa a otra entidad, no se devuelva en tiempo o, incluso, no se llegue a devolver hasta que no se reclama. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha resuelto recientemente en una sentencia que una deuda no se puede entender perdonada por el mero hecho de no ser reclamada tras su vencimiento. En caso de que sea condonada, el deudor deberá pagar el impuesto de sucesiones y donaciones (ISyD).
El partido liderado por Santiago Abascal ha resumido las exigencias para apoyar el acuerdo de PP y Ciudadanos que busca formar gobierno en Andalucía. Además de reducir el gasto político y las controvertidas medidas sobre inmigración, propone bonificar en un 99% el impuesto a las herencias, bajar el ITP y el AJD y suprimir el Impuesto sobre el Patrimonio. También exige bajar el IRPF y eliminar duplicidades administrativas.
Los contribuyentes españoles están sometidos a una maraña fiscal, ya sean gigantes tecnológicos, pequeñas empresas, trabajadores de a pie o hipotecados. Si comparamos los impuestos que aplica España con los del resto de Europa descubrimos que nuestro país es el que más tributos carga sobre las hipotecas y uno de los más destacados en lo que se refiere al gravamen de las herencias, el patrimonio, las empresas o el trabajo. Resumimos algunos ejemplos
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones vuelve a salir a la palestra tras el rechazo de la mayoría de la Cámara Baja a la propuesta de Ciudadanos de suprimir este gravamen. El partido de Albert Rivera argumentó que “apenas” costaría 1.900 millones de euros. Sin embargo, para el Gobierno del PSOE es impuesto es clave para sacar adelante los Presupuestos Generales de 2019.
Hacienda, harta de ver anuladas en los Juzgados las comprobaciones de valores que hace a los contribuyentes que han comprado o heredado una vivienda a un precio por debajo de lo que estima, contempla la creación de una nueva valoración de inmuebles que sea la base imponible del ITP y del Impuesto de Sucesiones. Es decir, el valor de referencia dejará de ser el establecido en las escrituras y pasará a ser uno elaborado por el Catastro y calculado a partir de precios de transacciones de inmuebles, entre otras fuentes.
Cuando un contribuyente compra o hereda una vivienda le surge la duda del valor por el que debe escriturar y tributar para evitar que Hacienda recalcule los impuestos del ITP o el de Sucesiones y Donaciones que ya pagaron. Lo más recomendable es ser prudente y solicitar una valoración previa de la casa que se va a adquirir. Te mostramos los tres escenarios que hay.
Cuando llega la hora de pagar impuestos por la compra o herencia de una casa, muchos contribuyentes acuden a la herramienta online que facilitan las comunidades autónomas para calcular el valor del inmueble antes de presentar la declaración. El Tribunal Supremo ha bendecido este método al afirmar que Hacienda no podrá comprobar al contribuyente el valor declarado, si éste tributó conforme a dicha herramienta online.
En 2017 se contabilizaron casi 43.000 renuncias a herencias, un 10% de todas las que se tramitaron, según los datos del Consejo General del Notariado. Andalucía y Cataluña son las regiones con más rechazos, por encima de 8.000 en ambos casos, mientras que, en términos porcentuales, las regiones con más renuncias son Asturias, La Rioja y Baleares, donde representan más de un 15% de las tramitaciones.
Cuando un contribuyente adquiere una vivienda, puede recurrir a la web de la Consejería de Hacienda de su comunidad autónoma para saber lo que vale la casa a efectos del pago del ITP (por la compra del inmueble) o del ISyD (impuesto de sucesiones y donaciones) y evitar pagar impuestos de más. Sin embargo, no todas las Autonomías consideran esta herramienta válida y pueden exigir un impuesto extra al considerar que el valor del inmueble es superior.
El Impuesto de Sucesiones ha sido uno de los baluartes recaudatorios de muchas autonomías a lo largo de los últimos años. En nueve regiones, el dinero obtenido a través de este tributo ha aumentado desde 2012, siendo Comunidad Valenciana y Baleares las más destacadas con alzas superiores al 40%. En cambio, en Galicia y Cantabria la recaudación se ha reducido más de un 30% en este tiempo.
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