Cuando toca hacer trámites relacionados con una vivienda, un terreno o un local, aparece un dato clave: el número de finca registral. A veces, no sabemos qué significa, si es lo mismo que la referencia catastral o dónde localizarlo.
La Audiencia Provincial de Navarra ha dado la razón a una vecina de Ochagavía que reclamaba la titularidad de un terreno contiguo a su vivienda, tras demostrar que su familia lo ha utilizado de forma pacífica, pública y continuada durante más de 50 años. La sentencia confirma el fallo del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Aoiz y aplica la prescripción adquisitiva (usucapión) ordinaria. El terreno, de unos 93 metros cuadrados, se encuentra delimitado por un murete de piedra y cuenta con acceso exclusivo desde la vivienda principal. Su historia se remonta a la década de 1960, cuando las familias colindantes acordaron verbalmente la cesión del terreno a cambio de que la primera construyera un muro de contención para evitar desprendimientos entre ambas fincas.
Hace un mes, el Gobierno solicitó a las plataformas digitales la retirada de 53.876 pisos turísticos ilegales que no habían obtenido el número de registro, obligatorio desde el pasado 1 de julio, y por tanto, que no cumplían los requisitos legales para su comercialización. Desde el despacho de abogados Andersen recuerdan que el Reglamento de la UE establece que los datos del registro "solo pueden servir para verificar el alta de una vivienda turística y garantizar que el usuario accede a un servicio seguro" e insisten en que usar esos datos como herramienta de inspección urbanística no solo genera inseguridad jurídica, sino que fuerza "los límites de la ley" En su opinión, demonizar la vivienda de uso turístico no resolverá el problema de la vivienda y dinamitará un sector que "puede, y debe, convivir con el mercado residencial".
En un nuevo giro en la regulación de los apartamentos turísticos, el Registro de la Propiedad ha demostrado que puede suprimir el permiso para continuar con esta actividad, incluso cuando los propietarios cuentan con las licencias pertinentes de la comunidad autónoma o del ayuntamiento, y no enfrentan quejas vecinales. Esta situación ha quedado de manifiesto con la reciente resolución emitida por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, perteneciente al Ministerio de Presidencia.
Hay fincas o inmuebles cuyos datos no coinciden con la realidad, por ejemplo, tienen más o menos superficie en las escrituras que la que objetivamente existe y les pertenece. Un caso que se da con frecuencia es la disputa entre propietarios de fincas anexas que aseguran que tal parte de la parcela le pertenece a ellos y no al otro. Es posible inscribir una rectificación de superficie de una finca y lo debe hacer el titular registral o quien tenga un derecho real sobre el inmueble. Se tramita ante notario y el solicitante debe aportar datos de los titulares de la finca y de las colindantes (registrales y catastrales).
Una de las dudas que nos asaltan al heredar un inmueble sin registrar es hasta qué punto es importante actualizar su situación en el Registro de la Propiedad. Si te planteas esquivar este paso, te preguntarás qué pasa si no escrituras una casa heredada y si puedes vender una propiedad en herencia sin registrar. Lo cierto es que en España no es obligatorio registrar una propiedad heredada ni, en general, cualquier cambio de manos en materia de operaciones inmobiliarias, aunque resulta aconsejable y conveniente hacerlo para ganar seguridad jurídica. Te explicamos todo lo que debes saber.
Son muchos los motivos por los que podemos querer saber quién es el propietario de un inmueble y, en la mayoría de casos, esta información tiene que ver con nuestro interés en la compra de una vivienda.
El Registro de la Propiedad es una institución pública que incluye todas las informaciones que hacen referencia a un inmueble y su titularidad legal.
El Registro de la Propiedad es una institución fundamental en el ámbito inmobiliario que garantiza la seguridad jurídica en la compraventa de inmuebles y otros derechos reales. Su función principal es inscribir y dar publicidad a los actos relacionados con bienes inmuebles, como transmisiones,
Tal y como están las cosas, blindar al máximo un contrato de alquiler es cuando menos aconsejable. Por ejemplo, existe la posibilidad de inscribirlo en el Registro de la Propiedad, pero ¿es obligatorio? Por ley, no es obligatorio inscribir el contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad ni ante notario, pero sí es aconsejable. La inscripción ofrece ventajas tanto para el inquilino como para el arrendador, como, por ejemplo,poder recuperar el inmueble antes en caso de impago de la renta.
Inscribir una vivienda en el Registro de la Propiedad es uno de los pasos elementales a los que deberemos hacer frente al comprar un inmueble. Este proceso, aunque voluntario, otorga al propietario derechos adicionales sobre su vivienda. Podrás garantizar que eres el propietario (o que cuentas con cualquier otro derecho sobre el inmueble) y protegerte frente a terceros que puedan reclamar la propiedad de la casa, así como frente a acreedores que puedan exigir la venta de la vivienda como garantía frente a deudas anteriores a la transmisión del bien.
Heredar una casa sin escrituras es cada vez menos frecuente, pero la transmisión de la propiedad se puede llevar a cabo sin grandes dificultades. Basta con que dispongas de la documentación que acredite que efectivamente eres heredero y cumplas todos los pasos legales para formalizarlo. Sin embargo, conviene regularizar la situación e inscribir el inmueble en el Registro de la Propiedad para protegerse frente a terceros que puedan reclamar algún tipo de derecho relacionado con el inmueble heredado, como por ejemplo deudas.
Los notarios ven necesario unificar la información de los inmuebles que manejan actualmente dos bases: la catastral y la registral. Según ha afirmado José Ángel Martínez Sanchiz, presidente de Fundación Notariado y el Consejo General del Notariado, durante unas jornadas celebradas en San Sebastián, "tenemos un problema en España en lo que atañe a la coordinación entre el Catastro y el Registro, que no está funcionando y provoca inseguridad jurídica". Por eso, reclama un sistema con un acceso digital y en tiempo real, como usan Francia, Italia, Alemania, Costa Rica o Marruecos.
El Registro de la Propiedad prepara una nueva sede electrónica que incluirá una serie de servicios centrados en dar facilidades a los ciudadanos. Entre las nuevas funcionalidades destaca la posibilidad de saber en tiempo real el estado de titularidad y cargas de las fincas o que un usuario pueda encontrar todas las notificaciones, comunicaciones, expedientes y procedimientos derivados de su relación con los Registros. También se podrá consultar en qué punto exacto se encuentra un trámite o gestión, y dispondrá de asistencia virtual.
Saber cómo solicitar la nota simple es el primer paso para obtener este importante documento de cara a cualquier operación de compraventa de vivienda. Gracias a él conocerás datos clave como a quién pertenece el inmueble o qué cargas pesan sobre él.
Uno de los documentos que puedes necesitar de cara a la formalización de la compraventa de un inmueble y la obtención de una hipoteca es la certificación registral del inmueble, que suele tomar la forma de certificación de dominio y cargas.
En este artículo te contamos qué certificación regist
El expediente de dominio es un trámite al que deberás enfrentarte en caso de que necesites inscribir en el Registro de la Propiedad una finca que no se encontraba inscrita anteriormente.
Los propietarios no están obligados a inscribir en el Registro de la Propiedad los inmuebles; de hecho, es algo habitual en entornos rurales y pequeñas localidades. Sin embargo, es necesario en algunos casos, como cuando un comprador va a pedir una hipoteca, ya que la banca solo concede préstamos para adquirir inmuebles registrados, ya que este trámite refuerza la seguridad jurídica y evitar sorpresas, como que la vivienda tenga cargas ocultas.
Las deudas hipotecarias tienen un período de caducidad. El plazo de prescripción que exime al deudor de la obligación legal de realizar el pago es de 20 años, por lo que durante ese tiempo el banco puede reclamar el importe pendiente. Si los impagos se alargan, la entidad puede tomar acciones legales para embargar la vivienda y sacarla a subasta, aunque no siempre significa que con ello se liquide la deuda. La Ley de Segunda Oportunidad es una alternativa para evitar que el proceso llegue hasta ese punto.
Cuando terminamos de pagar la hipoteca, la casa es finalmente nuestra y ya no tenemos que pagar más cuotas al banco. Sin embargo, la hipoteca no desaparece por sí sola. Durante años, el banco y el Registro de la Propiedad seguirán guardando la información relativa al préstamo y para que el inmueble aparezca 'libre de cargas' es necesario cancelar la hipoteca. Aunque no es obligatorio, sí es recomendable hacerlo. Resumimos todos los pasos del proceso.
En España existen dos registros inmobiliarios. Uno de ellos es el Catastro. El otro el Registro de la Propiedad. Su razón de ser es la necesidad de acreditar las características de los bienes inmuebles. Sin embargo, es frecuente que los datos con los que cuentan cada uno de ellos no coincidan.
En cuatro sentencias dictadas entre el 13 y el 25 de mayo la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha establecido que el banco no puede cargar al hipotecado los gastos del Registro de la Propiedad generados por transmisiones de hipotecas acordadas entre distintas entidades financieras.
Si eres de los hipotecados que han conseguido amortizar toda la hipoteca, enhorabuena. Has logrado cancelarla en el banco, pero no en el Registro de la Propiedad. Aunque no es obligatorio, los expertos sí lo recomiendan para evitar futuros problemas ante terceros. Es conveniente extinguir esta carga de la propiedad en caso de vender la casa o de querer hipotecarla de nuevo.
Un año después de la entrada en vigor de la Reforma de la Ley Hipotecaria, los notarios han incluido ya, en más de 3.700.000 escrituras públicas, los certificados del Catastro con la descripción gráfica catastral de fincas o inmuebles.
El mercado de la vivienda mejora sus cifras de ventas según avanza 2016. En junio cerró con un aumento del 19,4% interanual, hasta las 36.856 transacciones, según los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística.
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