Pregunta de

81 Respuestas:

21 Julio 2011, 10:57

Primero: a que nombre estaba el suministro?? porque si está a nombre del propietario que pague él y lo reclame a su anterior inquilino.
Si está a nombre del anterior inquilino, entiendo que ni tu ni el propietario os subrogais en su deuda ( no sois sus avalista ni nada de eso). Entiendo que este es el argumento pero no estáría de más que pongas una reclamación en un ente externo: investiga a través del ministerio que corresponda a ver si puedes ponerle una reclamación a través de su portal porque he oido que para las reclamaciones de telefonia suele ser útil.
Creo que Gas natural actua así porque es su forma de hacer presión y que la gente le pague y se ahorran ir a juicio pero que no es correcto. Ellos sonlos que no tienen argumento legal. Si fuera tu, intentaria contratar el suministro con otros pq hay guerras que desgastan más del beneficio que producen.

21 Julio 2011, 10:59

Los contratos de suministros (luz, agua, gas, teléfono) no recaen sobre la vivienda sino sobre la persona que los ha contratado. Con el nuevo contrato de alquiler o escritura de compraventa tienes que solicitar una nueva alta a tu nombre y te cobrarán el alta, no las deudas anteriores, las cuales tendrán que reclamar al titular del contrato.

21 Julio 2011, 11:14

Lo legal es que la compañía de servicios le reclame al titular deudor y si te reclama a ti nuevo inquilino, les pides que te lo pongan por escrito y ya puedes ir al juzgado de guardia a poner una denuncia, tu solo tienes que presentar tu contrato de alquiler nuevo o escritura conforme eres el nuevo titular de la vivienda y que por lo tanto no eres el responsable de las deudas del anterior inquilino o propietario. El propietario tampoco esta obligado a pagar ninguna deuda que no la haya contraído el. Por lo general las compañías de servicio utilizan este sistema de chantaje para cobrar las deudas que particulares contraen con ellos.

21 Julio 2011, 11:17

El comentario 5 tiene razon, el que se ha de hacer cargo es el titular del contrato. Lo que suele pasar es que la gente alquila los pisos y la luz y suministros los deja a nombre del propietario y luego el los repercute al inquilino, pero pase lo que pase, el responsable es el titular del contrato, si luego el tiene un contrato de alquiler que demuestre que ahi vivía un inquilino se lo podra reclamar, pero ante la compañía electrica, agua gas o lo que sea es quien figura en el contrato. Lo ideal es que cuando se alquile un piso, los suministros se pongan a cargo del inquilino y ya veras como cuando se va se enccarga de pagar todo y darlo de baja, fuera problemas para el inquilino entrante y para el propietario

7 Mayo 2013, 18:35

In reply to by anónimo (not verified)

Yo quiero vender una casa, la tenia alquilada y los inquilinos no pagaron 4 facturas de Endesa que estaban a mi nombre, luego se cambiaron a Iberdrola y han dejado igual las facturas pendientes....me han dicho que para volver a ponerlas a mi nombre o de la compradora hay que pagar las facturas aunque esten a nombre de la inquilina, y yo no quiero problemas aunque tampoco es juzto, tendre que pagar las facturas de la inquilina para aportar los recibos de luz pagados y la casa libre de facturas a la hora de la escritura...además la inquilina se llevo un monton de cosas e hizo destrozos...es increible...no se porque la ley es así...porque debo pagar los gastos a nombre de otra persona? ....esto es una locura y 500 euros de luz, vaya telaaaaaaaaaaaaaaaaa

21 Julio 2011, 11:40

Una inmobiliaria seria se encarga de hacer los cambios necesarios de agua y luz del antiguo inquilino a el nuevo,el contrato siempre queda a nombre del propietario pero la facturacion y recibo de estos se tienen que cambiar si o si ...........inmobiliaria que no lo haga inmobiliaria que no hace bien su trabajo

23 Septiembre 2013, 11:37

In reply to by anónimo (not verified)

Estimado amigo, lo primero es que no parece usted entender el hilo de esta conversación.
El señor que inicia este hilo, busca un argumento legal para solicitar a una compañía eléctrica el servicio de electricidad en una vivienda donde hay una deuda de un inquilino anterior.
La luz la paga el titular del contrato pues no tiene carácter real, sino personal, es decir el responsable es el que siendo titular del contrato, tiene la deuda. Lo mejor es pedir la respuesta por escrito "no le doy la luz pues un extraño que usted no conoce debe luz de hace meses".....(ejem....) y con esa respuesta ir a un juzgado de guardia y a consumo a demandarles por extorsión.
Usted parece haber tenido un problema con alguna agencia y dice cosas de las que no parece tener ni idea. Afirma que "la luz queda siempre a nombre del propietario"...eso es absolutamente falso. Lo que se hace es un cambio de titular y domiciliación, precisamente para evitar este problema que se plantea en este hilo. Lo que ocurre es que a las suministradoras les sale mas barato y es más sencillo extorsionar a un pequeño consumidor.

C00228320
21 Octubre 2018, 14:15

In reply to by charlie d´lcorcón (not verified)

buenas tardes anonimo,a ver si me puede ayudar,yo tengo el contrato de luz a nombre de l ainquilina,si vendo mi casa que me interes hacer?que ella sé de baja de la compañia y pasarla a mi nombre y luego yo pasarla a nombre del comprador?o que se dé ella de baja y luego el comprador se dé de alta en la compañia que quiera estar? gracias

21 Julio 2011, 11:44

Todas la opiniones y comentarios muy correctos, pero si no pagas , la compañia no te da de alta, a tu nombre, si vas al juzgado, segun algún comentaroio muy bien, pero mientras tanto la deuda se acumula y si no pagas te cortan el suministro, y mientras tanto estas sin servicio, espera un año a que salga el juicio, lo unico que encontramos factible, es negociar con el propietario, que te deje un mes sin pagar y te haces cargo de la deuda y cambias de nombre, por lo menos en Cataluña las inmobiliaris así tenemos que actuar. Tambien valoramos que es más barato pagar la deuda o dar de alta nueva, uno mismo que valore

21 Julio 2011, 13:56

A mi tb me paso.lo que se hace es hacer un nuevo contrato, dar de baja todo, y cancelar lo antiguo. La empresa del agua, gas,..., ya se encargará de reclamar a este individuo, y usted tiene que pagar todo como si fuera un alta nueva, con cambios de contadores incluidos.

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