Un tribunal aclara cuándo se puede recuperar una vivienda alquilada si el contrato es ‘indefinido’
El uso del término “indefinido” sigue generando controversia. Una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona aborda esta cuestión y aclara que dicha expresión no implica que un alquiler tenga carácter perpetuo. El caso parte de un contrato firmado en 1998 cuya duración se pactó como indefinida. Transcurridos más de veinte años, el propietario comunicó su voluntad de no continuar con el arrendamiento y, ante la falta de entrega del inmueble, acudió a los tribunales. El Juzgado de Primera Instancia nº 47 de Barcelona estimó la demanda de desahucio y la Audiencia Provincial confirmó esta decisión.